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Manuel

casero/a

reclamación legal impagos seguro alquiler
Buenas tardes:
Si contrato un seguro de impago de alquiler con cobertura de 6 rentas y el inquilino me deja de pagar 12 meses, incluyendo 1.200? de gastos. ¿Qué pasa con la diferencia entre la cobertura y el impago?

a) Pierdo la cantidad de las 6 mensualidades "extras" y los 1200? de gastos.
b) El seguro me adelanta 6 mensualidades y la defensa jurídica incluida me permite reclamar todo y al final de juicio se me pagan las 6 mensualidades pendientes (en caso de ganarse), pero pierdo los 1200? de gastos al no ser renta.
c) la defensa me reclama todo lo adeudado y al final del juicio recupero tanto los 12 meses como los gastos de 1200? pendientes.

Saludos y muchas gracias por anticipado.
  • Preguntado por: Manuel
  • Hace 8 años
  • Categoría: Seguros de alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola yo creo que no hay que DEJAR que deba 12 meses... Al primer retraso debe interponerse la DEMANDA... Y en 6-8 meses... debería estar el piso nuevamente en sus manos.
  • Eduard Huguet

    Eduard Huguet

    profesional

    Hola Manuel, Coincido con los comentarios anteriores si contratas una póliza de impago con un límite de seis meses en caso de siniestro se te indemnizará por la cuantía contratada. Si quieres cubrir todo el proceso es mejor que contrates por la totalidad 12 meses. Los gatos jurídicos quedan cubiertos por póliza con un limite de 3.000? y los actos vandálicos ocasionados por el inquilino en una situación de impago hasta 3.000? con una franquicia de 300? Saludos,
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Hola Manuel, si contratas el seguro de impago por seis meses, te cubre un semestre de renta, pero puedes contratar doce meses para tener a cubierto un año de renta, normalmente las pólizas incluyen gastos de abogado y procurador hasta 3.000 euros, reclamación de suministros pendientes y gasto por actos de vandalismo. Cada aseguradora tiene sus condiciones.  
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Manuel plantea unos supuestos que para decidirse por uno o por otro se necesita conocer bastante más información  El seguro no le va a indemnizar con más cantidad que la que tiene asegurada.  La recuperación de la totalidad de los alquileres adeudados y de las costas judiciales depende de la solvencia del deudor y de la pericia de su abogado   . Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono:  807 520 008  donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)   http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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