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Maria

inquilino/a

Arrendamientos de un año
Hola buenas tardes, según he leído los arrendamientos se pueden prorrogar hasta 3 años , mi duda es, si el arrendador me comunica si deseo de que abandone la vivienda ( sin motivo) cuando haya cumplido el año de contrato , es legal? Puedo quedarme hasta cumplir los 3 años aun que él no quiera? 
  • Preguntado por: Maria
  • Hace 6 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Victor G
    Es otra manera si.  O cinco (yo estaría encantada de que me firmaran 5 o 10 años)
    Pero si el inquilino quisiera irse al año, podría tener que pagar varios meses de renta como indemnización por desistir anticipadamente.
  • Victor G

    inquilino/a

    María, ningún alquiler de vivienda habitual puede romperse antes de tiempo sólo por mera voluntad del propietario. Los contratos con la ley vigente, si no se firman por 3 años, se prorrogan obligatoriamente hasta alcanzar los 3.

    Sólo hay una excepción a eso que viene en el art. 9.3 de la LAU. Si tienes un contrato firmado por un año, se prorroga obligatoriamente por plazos anuales salvo que el casero reclame la vivienda para uso propio o familiar en primer grado.
    Aquí no bastaría una simple comunicación del casero, tendría que indicar qué persona ocupará la casa, acreditar la necesidad, y hacer la ocupación efectiva. Si no lo hace, el inquilino puede demandar al casero.
    Si firmaste directamente por 3 años, el propietario sólo puede echarte antes por los supuestos previstos en el Capítulo V de la LAU. Impagos, uso inadecuado de la vivienda, y demás. Pero nunca por mera voluntad del casero.
  • Victor G

    inquilino/a

    Amparo, ¿no sería más fácil firmar directamente por 3 años? Eso invalida directamente el 9.3 y no haría falta pedirle al arrendador que renuncie a él.
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola maria:
    Como  complemento a la respuesta anterior, le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    https://letradosalquileres.es.tl/Duraci%F3n-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    Reciba un cordial saludo http://letradosalquileres.es.tl

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Los 3 años son obligatorios para el arrendador. Optativos para el inquilino. Solo podría interrumpir la prórroga en caso de necesidad del piso para vivir él o ella, su pareja (en caso de divorcio) o sus hijos.
    Cuando firme el próximo contrato de arrendamiento le sugiero que negocie que el casero renuncie al artículo 9.3
    De ese modo tiene asegurados como mínimo 3 años, más si firman directamente por más años, que también es posible.

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