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jenifer

inquilino/a

¿Cuando puedo abandonar la vivienda?

Durante la prórroga del contrato cuando puedo dejar la vivienda? Esk no me queda claro si los seis meses que refleja la lau son desde la firma del contrato o con cada renovación anual hay que contar seis meses

  • Preguntado por: jenifer
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,
    Si el contrato es posterior al 6 de junio de 2013, entendemos que únicamente los 6 primeros meses son obligatorios. No obstante, tenga cuidado con la aplicación de la penalización, puesto que podría aplicarse conforme a lo que se detalla aquí.
    http://blog.desalvador.es/arrendamientos/indemnizacion-desistimiento/
    Si el contrato es anterior al 6 de junio de 2013, las prórrogas son obligatorias por completo, por lo que únicamente podría desistir en los "cumpleaños" del contrato.

    Un saludo,
    www.desalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • Jan Abogado

    profesional

    Buenas tardes, Jenifer:
    Coincido con la respuesta de la Sra AmparoBB.
    Reciba un cordial saludo.
    http://letradosalquileres.es.tl/
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La idea generalizada por lo que leo en este foro es que tras los seis primeros meses el arrendatario puede irse cuando quiera avisando 30 días antes. Como es un tema que aún no ha llegado a los tribunales, no tenemos más información.
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