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Shirou

inquilino/a

Podría alguien decirme si esto es legal
Hola. Tengo una habitación alquilada con contrato de un año. Hoy 28 de agosto (después de 2 meses de vivir aquí) le he dicho al casero que quiero dejarla el 10 de septiembre y me dice que tengo que pagar todo el mes de septiembre porque él no alquila por días ni por semanas. También dice que le tengo que dar un mes de antelación.  ¿Esto es legal? 
  • Preguntado por: Shirou
  • Hace 4 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (7)
Iban ha sido el primero en contestar
Iban ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Mònica

    Mònica

    inquilino/a

    Buenas tardes,  Coincido con amparo y Pholmo, su contrato NO esta sujeto a la LAU al tratarse de un arrendamiento de habitación, por lo que se rigue por el Código Civil. Si su contrato es de un año deberá cumplir el plazo estipulado, excepto que en el mismo contrato se haya establecido otra cosa. Saludos. 
    https://www.picon-advocats.com/derecho-inmobiliario/


    • Respondido por: Mònica
    • Hace 4 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Claro, esto es lo que dice... "Tengo una habitación alquilada con contrato de un año..."


  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Victor, yo leo que se trata del alquiler de una habitación, por lo tanto sujeto al Código Civil no a la LAU y, por tanto, reitero lo dicho, el casero puede exigir el cumplimiento íntegro del contrato.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 4 años
  • Victor G

    inquilino/a

    ¿Podemos centrarnos en lo que dice la ley, por favor?
    Si se trata de un arrendamiento de vivienda habitual, la ley nos dice dos cosas sobre la renuncia anticipada del inquilino: hay que cumplir 6 meses de permanencia mínima en la vivienda, y dar al propietario un preaviso mínimo de 30 días naturales. Salvo que el propietario haya renunciado expresamente en el contrato a todo o parte de ello, por supuesto.
    Por lo tanto, el propietario no tiene razón a la hora de exigir el mes completo si la renuncia se hace efectiva en un momento distinto al fin natural de un mes. Pero... en este caso poco importa eso, porque el incumplimiento de los 6 meses de permanencia mínima es palmario y el propietario sí tiene derecho a cobrar todo lo que falte de ellos.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Le parece a usted legal firmar por un año y querer irse a los dos meses y pocos días?
    Para qué cree que usted que sirven los contratos?  Sirven para asegurarse de que la otra parte cumplirá lo firmado. Para eso le sirve también a su arrendador.

    Qué diría usted si hubiera sido el casero quién, teniendo firmado un contrato de un año, le estuviera diciendo que se marche a los 2 meses?

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tiene el riesgo, al existir un contrato firmado, que el casero le exija el cumplimiento del mismo en vía judicial, le puede salir bastante costoso. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 4 años
  • Iban

    Iban

    casero/a

    Veamos. Usted firma un contrato por un año y quiere marcharse a los dos meses sin ninguna pena y además piensa que el malo es su casero. Y resulta que los informales son los caseros. Esto pasa muy a menudo. Hace mucho tiempo la palabra y el compromiso de una persona tenía mucho valor, pero estamos llegando a un punto en el que incluso un contrato firmado no sirve de nada.
    • Respondido por: Iban
    • Hace 4 años
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