Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

DMP

inquilino/a

¿Estamos obligados a pagar el seguro del hogar siendo inquilinos de un piso alquilado?

Nos interesa bastante un piso de alquiler que hemos visto. El propietario nos comenta que el precio del alquiler incluye la tasa del IBI, el impuesto de las basuras y los gastos de comunidad, y que además, adicionalmente, tenemos que pagar una cantidad solo el primer año de alquiler, en concepto de seguro del piso.

El NO esta amueblado.

¿Esto del seguro tenemos que pagarlo como inquilinos que seremos?. Gente cercana a nosotros nos ha comentado que no es así, que eso corre a cargo del propietario..

¿Alguien nos podria asegurar esto?, ¿Como podemos responder ante eso?. Nos interesa bastante ese piso pero tampoco queremos que nos timen..

Gracias adelantadas por la ayuda que podamos recibir.

Manuel e Isabel.

  • Preguntado por: DMP
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (9)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PedroDiaz

    PedroDiaz

    inquilino/a

    O sea que lo que quiere que pagueis es un seguro de impago. Es relativamente habitual.

     

    Yo le diría que os lo descuente de la cuota, así todos contentos. El queda cubierto y vosotros no os veis penalizados.

  • DMP

    inquilino/a

    Buenos dias. Agradecemos de nuevo la atención que estamos recibiendo.

    Hemos investigado mas a fondo por nuestra cuenta y descubrimos que el señor que nos alquila el piso tiene contratado un seguro de impago de la vivienda, es decir, todo lo que salio aquí en debate cambia las cosas..

    Lo que aun esta en el aire es quién debe pagarlo.. Nosotros creemos que el propietario; de todas maneras lo que haremos será dialogarlo con él  porque no tenemos ninguna intención de no pagarle las mensualidades por alquiler, pero claro.. sería cuestión suya en cuanto a confianza hacia nosotros, en fin..

    Gracias por su ayuda.

    Saludos cordiales,

    Manuel e Isabel

    • Respondido por: DMP
    • Hace 13 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Hola DMP,Habría que distinguir entre seguro del inmueble y seguro de responsabilidad civil que es el que atí te interesa hacerle a tu nombre y pagarle tu.Ten en cuenta que los seguros se agarran a la más mínima legalidad para no pagar

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    joer, pues anda y que no te hace pagar cosas ¿también le has de invitar a cenar los viernes por la noche?

  • DMP

    inquilino/a

    Antes de nada, les agradecemos su atención.

    Entonces, ¿el pago del seguro que tiene contratado el propietario seria "negociable" entre él y nosotros?.

    Es que a nuestro parecer, entendemos que es él quien tiene que hacer frente a ese pago ya que ese seguro lo contrató por su cuenta para digamos "proteger" su vivienda, dependiendo de si lo alquila o no a alguien. Otra cosa es que nosotros nos hicieramos uno propio como inquilinos, como me habeis comentado, cosa que veo interesante, pero claro, pagar SU seguro.. no lo vemos justo.

    ¿Qué podemos hacer entonces?.

    Sin ánimo de molestar. Gracias por todo.

    Manuel e Isabel.

    • Respondido por: DMP
    • Hace 13 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ampliando mi respuesta anterior hay que decir que cada póliza de seguro ha de ser examinada para concluir si cubre o no las eventualidades que describe Paolo_x.

    Por otra parte una póliza contratada por el dueño cubrirá su responsabilidad civil, por lo tanto es conveniente que el Inquilino tenga cubierta la suya propia.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Amparo, dudo mucho de tu respuesta, si bien puede que me equivoque.

    De alguna forma, de lo que indicas se deduce que si tu hijo se dejase un grifo abierto, el seguro seria nulo, si invitas a alguien y la lia con la ducha o con el calentador, tambien se lavarian las manos....

    Permiteme que lo dude; pues te aseguro que en ninguno de los seguros que tengo hay exclusiones de este tipo; salvo en la del coche para menores de 26 años, por la cual obtengo un descuento adicional y así viene indicado en el contrato.

    Me gustaria que algun letrado diese un punto de vista basado en la jurisprudencia.

    Saludos.

    Pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si el propietario paga un seguro, cubrirá exclusivamente sus bienes y su responsabilidad civil.

    Para proteger sus cosas y su responsabilidad civil deberían uds contratar un seguro "de inquilino". Que los hay y son bastante más económicos que los de los arrendadores.

    Pueden entenderlo mejor leyendo esto:    SI ALQUILAS PISO... ASEGÚRATE

     

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La  normativa no decide nada al respecto, por lo que será una cuestión a decidir por los que intervienen en el contrato, si el porpietario exige que haya un seguro a cargo del inquilino deberán acordar quien paga ese precio.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas