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velarde

inquilino/a

Contrato año 1070 vende el piso el duño

contrato 1970 ahora quieren el piso para un hijo que derechos tiene el inquilino

  • Preguntado por: velarde
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Pol Grogeng ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pol Grogeng

    Pol Grogeng

    inquilino/a

    Año 1070 esto es un alquiler de verdadera renta antigua, lo demas son tonterias.

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    Coincido con mis compañeros. Acuda a un abogado experto en alquileres. 

    Dice la LAU 1964 que el inquilino no tiene derecho a la prorroga forzosa cuando  el arrendador necesite para sí la vivienda o local de negocio o para que los ocupen sus ascendientes o descendientes legítimos o naturales.

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    velarde coincido con las dos respuestas anteriores, antes de ejercitar cualquier acción sobre un contrato de 1970 hay que tener una documentada opinión de unabogado experto en alquileres de renta antigua.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Estoy de acuerdo con Jan en que lo mejor es un abogado,ya que hay que tener en cuenta:

    - Alquileres de vivienda firmados antes de 9 de mayo de 1985.

    1.- El inquilino podrá darlos por terminados a su voluntad.
    2.- El arrendador deberá respetar su duración hasta que fallezca el inquilino, su cónyuge, y los hijos que previamente convivieran con él con minusvalía igual o superior al 65%.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola velarde:

    Para responder a su consulta es preciso examinar el contrato y disponer de más datos,por lo que le sugiero que se ponga en contacto con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos quien, a la vista del contrato y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

     reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

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