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Miva

inquilino/a

El casero quiere vender el piso antes de que finalice el primer año de contrato. qué derechos tengo?

Firmé el contrato el 1 de febrero y ahora el propietario quiere vender el piso. Me ha pedido que me marche antes del 31 de diciembre. Qué derechos tengo? tengo derecho a indemnización?

  • Preguntado por: Miva
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Efectivamente, Amparo BB.

    Miva, lo aconsejable en estos casos es negociar con el arrendador unas condiciones para "facilitar" la venta del piso (y, por supuesto, plasmarlo por escrito con el correspondeinte contrato).

    En dicho acuerdo, tú te puedes comprometer a enseñar la casa en determinados horarios, o permitir visitas siempre que te avisen con una determinada antelación y, a cambio, pedir una indemnización (que no está tasada) por tener que abandonar la vivienda antes de tiempo.

    Por ello, lo más aconsejable es que acudas a un abogado especializado que te ayude a redactar ese contrato y buscar formas de que se te pague la indemnización que acordéis.

    Un saludo,

    www.desalvador.es

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Para nada me he ofendido. Todo lo que he aprendido de arrendamientos lo sé de leer a abogados como tú.

    Pero para la tranquilidad de Miva... para que alguien compre "sin ver"... le tienen que poner un precio muy muy muy atractivo... 

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Amparo, perdona si te has ofendido, simplemente quería poner de manifiesto la nueva regulación, que es totalmente opuesta a lo que teníamos en mente. 

    A malas, el comprador puede adquirir sin ver el inmueble, aunque no sea aconsejable, y lo único cierto es que,  a día de hoy, la podrían echar. 

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Miva

    Difícilmente alguien adquirirá el piso si usted no accede a mostrarlo. Yo desde luego no lo haría. Ni loca.

    supongo, señor Pelayo de Salvador, que no objetará nada a eso.

    saludos

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes, Miva.

    Siento darte una opinión distinta a la de Amparo BB, pero tras la reforma de la LAU realizada en junio de 2013, la ley parece clara al indicar que, en caso de venta del inmueble, si no está el arrendamiento inscrito en el Registro de la Propiedad, el nuevo adquirente podrá resolver el contrato de arrendamiento a su voluntad, aplicando el artíuclo 1.571 CC.

    La ley dice exactamente eso, aunque desconocemos cómo se va a aplicar por los juzgados y tribunales, porque es un asunto que tiene mucha discusión jurídica de fonto (que no viene al caso desarrollar aquí).

    El caso es que tu posición no es, ni de lejos, tan idílica como la pinta Amparo BB.

    Un saludo,

    www.desalvador.es

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Tienes derecho a permanecer 3 años ahí y a no mostrar el piso a nadie.

    para "renunciar" a alguno de esos derechos, que no tienes por qué,. El precio lo pones tú.

    saludos - Papeleos Alquiler.

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