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CHOLO

inquilino/a

Alquilo un piso con los gastos de calefaccion incluidos y la comunidad no enciende la caldera por impago de algunos vecinos,

La comunidad no enciende la caldera por impago de algunos vecinos y me encuentro sin calefaccion, cuyos gastos estan incluidos en el precio de la vivienda. Que debo hacer, y que derechos tengo

  • Preguntado por: CHOLO
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Cholo:

    Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Arrendatario-y-Comunidad-de-Propietarios.htm

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    A la vista de la ultima respuesta me permito intervenir para subrayar que si no llegan a un acuerdo para resolver el contrato, no hayotra salida que la judicial y el incierto pronostico del resultado hace que no sea muy recomendable este camino.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Rescision de contrato a bajada de alquiler hasta que se solucione. Es lo que yo haría.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Se debe tener en cuenta que no es el casero el culpable de la NO calefacción,lo son los vecinos que no pagan y son a esos los que la comunidad deberá demandar.

    Yo pactaría mi salida con el casero,en un tiempo prudencial o la rebaja del alquiler

  • bcs consultores

    bcs consultores

    profesional

    El art. 1.124 del Código Civil dispone que en las obligaciones recíprocas contractuales (es decir, aquellas en las que una parte se obliga a cambio de que la otra le compense con otra prestación, y así recíprocamente) se
    entiende que está implícita una cláusula en virtud de la cual, si una de las partes incumple, la otra, o sea, el perjudicado, puede optar entre exigir el cumplimiento, o desentenderse y resolver el contrato, es decir, conseguir como si el contrato no se hubiera celebrado, y por esto, en tal caso, en virtud de la resolución, estaría el perjudicado exonerado de cumplir. Si ya hubiera cumplido tendría derecho a que se le restituyera y del mismo modo la parte requerida de resolución tampoco habría de cumplir y si ya hubiera cumplido procedería restituir. Todo ello sin perjuicio del derecho de la víctima a pedir la indemnización de daños y perjuicio.

    En definitiva el incumplimiento de una de las partes dará derecho a la parte que hubiera cumplido, a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato.

     

    Estás en tu derecho a exigir el cumplimieto al casero con los daños y perjuicios si los hubiere (ejem: si tuvieras problemas de humedades por ausencia de calefacción); y si tienes dudas lo mejor es que promuevas la resolución del contrato.

    De lo contrario y solo si estás dispuesto a vivir sin calefacción, como bien comenta Amparo, trata de nogociar una rebaja en el alquiler.

     

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lo ideal sería que habaras con tu arrendador y tratárais de llegar a algún acuerdo.  

    tu derecho es tener lo que has pagado. Pero no está en la mano del arrendador.

    pídele que te deje ir. O que te rebaje la renta. Lo que más te convenga.

    saludos - Papeleos Alquiler.

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