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Matracon

inquilino/a

Devolución de fianza dejando el piso sin cumplir los dos meses de anticipación de preaviso

Hola , despues de estar alquilando un piso desde hace ya 6 años y medio , quiero cambiarme de piso porque el alquiler es alto y no puedo pagarlo porque estoy en paro, unas preguntas.

1-Le he avisado a mi casero via email que dejo el piso pero no me ha contestado aun ¿es correcto?

2-El contrato decia que debo avisar con dos meses de atelacion que dejo el piso si le aviso con 15 días podría perder la fianza o tener alguna consecuencia ?

3-Tengo obligación de quedarme en el piso hasta octubre que se cumple el 7mo año, aunque no tenga dinero para pagarle el alquiler?

Espero sus respuestas agradecidamente.

  • Preguntado por: Matracon
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Matracon:

    Coincidon con las respuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • Paolo_x

    inquilino/a

    En resumen, que vas fatal.

    queda con el casero, explicale tu situación; y que sencillamente no lo puedes pagar. Quieres evitar tener que llegar al deshaucio. Si no es muy to.  Aceptara que te vayas siempre que le des almenos una parte de la fianza.

    queda con el, llegad a un acuerdo y Dejadlo por escrito y firmado.


    es sin duda la mejor solución. Almenos ofrecele 1 mes de fianza como compensación, creo yo.

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    1. - no es correcto. Un mail no es una notificación fehaciente.

    2. - si avssa con 15 días el propietario puede negarse a dar por terminado el contrato y obligarle a cumplir el plazo que falta o a indemnizar.

    3. - Tiene obligación de indemnizar si decide incumplir el contrato.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Matracon

    inquilino/a

    Hola gracias por contestar tan rápido ,pero necesito saber concretamente la respuesta a las 3 preguntas no algo genérico que ya he visto en otras respuestas.Gracias nuevamente

    • Respondido por: Matracon
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas  conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactadoo cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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