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Adri

inquilino/a

Contrato varios arrendatarios: desistimiento de contrato
Buenas noches, en un contrato de alquiler firmado en junio 2015 por 3 arrendatarios en el cual figura una duración mínima de contrato de 1 año, uno de los arrendatarios quiere hacer uso del art. 11 de la LAU de 2013 para rescindir el contrato pues quiere marcharse del piso a los 11 meses desde la firma de contrato. Los otros dos arrendatarios no quieren irse del piso ni rescindir el contrato ademas de indicar al arrendatario que se quiere marchar que debe asumir su cuota hasta el mínimo estipulado en contrato que es de un año. ¿Puede obligar la voluntad de un solo arrendatario a rescindir el total del contrato a pesar de tener 2 arrendatarios en contra? ¿En caso de no pagar su cuota de la mensualidad:los otros 2 arrendatarios tienen base suficiente para reclamarle el coste de tener que asumir el pago del total de la mensualidad al tratarse de un contrato solidario?
  • Preguntado por: Adri
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Adri hace vd una simplificación interesante pero, a mi juicio errónea, si quiere encontrar el sentido de mi respuesta puede leer este artículo
    El desistimiento de un inquilino en un alquiler compartido
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ya, pero si son respuestas antiguas... las cosas cambian, y hay que tener en cuenta las sentencias que van dictando los tribunales.
    Le ha respondido a usted uno de los buques insignia de este foro. 
  • Adri

    inquilino/a

    Entonces de ser así: el derecho a desistimiento es mancomunado pero la obligación de pago solidaria? No creo que tenga mucho sentido.  En otras preguntas con casos similares de varios inquilinos en contrato, he visto que todos los inquilinos son UNO. Siendo así cómo puede ser que pueda prevalecer la decisión de la minoría? 
    • Respondido por: Adri
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Adri desde el punto de vista de los tribunales ese inquilino puede ejercer su derecho a desistir del alquiler y ello no implica que los otros no puedan continuarlo, eso si, asumiendo la cuota del que se marcha, lo que es mas discutible que puedan reclamarle ese pago, en virtud del principio de solidaridad. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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