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Natalia

casero/a

Subida alquiler
Hola, tengo una casa alquilada dese 2013 como segunda vivienda. En estos tres años no he subido al alquiler a los inquilinos.  El alquiler es de 550 euros mensuales. Quisiera saber cuanto y cuando podría subirles el alquiler.  Gracias 
  • Preguntado por: Natalia
  • Hace 7 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
PdC sociedad inmobiliaria ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Aparte de lo que le han señalado habría que leer ese contrato que vd califica de "segunda residencia" y sobre todo saber la duración que pactaron para ese alquiler. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    Lo primero sería saber de que fecha exacta es el contrato, puesto que con la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del
    mercado del alquiler de viviendas se modificó el artículo 18 de la LAU94. Por lo tanto, si es posterior, habrá que ver lo que establece el contrato respecto a la actualización, ya que si no se menciona la posibilidad de actualizarla, no se podrá llevar a cabo.
    Si fuera anterior, o en caso de ser posterior, se hubiese considerado tal posibilidad y se aplicase el IPC General (si no se dice el método se aplica el  Índice de Garantía de Competitividad), la forma de actualizar la renta sería la siguiente:
    "La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística".
    Por otro lado, la retroactividad de la actualización porcentual de la renta esta completamente admitida por la jurisprudencia, no el cobro retroactivo de la misma.
    Para poder decirle como quedaría la renta necesitaría saber la fecha exacta del contrato y que dice a cerca del indice a aplicar (en caso de que sea posterior al la ley 4/2013, de 4 de junio.

    Espero haberle podido ayudar.
    Saludos
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