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Min yong

inquilino/a

Casero se niega a arreglar tuberías internas, ¿qué hacer?

 

Hola,

Llevamos 28 años de alquiler en un piso. De hecho el dueño es dueño de todo el edificio. Hace unas semanas salía agua por el lavabo, quiero decir por la cisterna, de estas viejas que cuelgan encima de la cabeza. A los días empezó a salir agua a saco, y llamamos a un fontanero. El fontanero quitó la cisterna, y cerró no sé cómo, y me dijo que la avería era de las tuberías internas.

Aquí decidimos llamar a la empresa del arrendador. De primeras, sin escuchar, me dice que no se hacen cargo de nada porque llevo muchos años en el piso, a lo que contestamos que estoy de acuerdo, siempre y cuando no sean las instalaciones. A lo que me contesta que vendrá el fontanero y revisará, pero que sólo repararán lo que es de ellos. Eso fue la conversación en resumen, pero en realidad tuve que subir el tono varias veces, porque la señora que me atendía dejaba bastante que desear en modales. Total, después de insistir varias semanas porque aquí no venía ni Dios, nos llama hoy y dice que no piensan venir, que nos busquemos la vida.

Y aquí vienen mis dudas. Entiendo que las tuberías internas las tiene que arreglar el arrendador, pero ni siquiera ha venido. Es esto denunciable? O cómo debería de proceder?

 

  • Preguntado por: Min yong
  • Hace 12 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (2)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como relata los hechos y tratándose de un alquiler de "renta antigua" parace ocioso entrar en disquisiciones de a quien corresponde reparar esos daños, que puede ser incluso la Comunidad de Propietarios. Lo que está claro es que su casero no se hace cargo voluntariamente de esa reparación con lo cual deberán acudir a un Abogado para que previo estudio de la documentación y de la situación les asesore acerca de las posibilidades de obtener satisfacción a sus deseos en la vía judicial

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Ming:

    Al tratarse de un contrato anterior al 1-1-1995 hay que tener mucha cautela, por lo que le acosenjo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

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