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Maria

inquilino/a

Maria
Hola a todos !!! Mis padres adquirieron en el año 1980 un piso del Ministerio de la vivienda , que se hacía cargo el Ayuntamiento del pueblo. Mis padres en aquel año tenían cinco hijos , donde vivían en una casita de vecinos muy antigua y en ruinas , estas viviendas del misniterios se ofrecieron de alquiler con opción a compra , mi padre marinero , su sueldo era el que podía ganar cada día, y si había cinco días malos para salir a la mar a pescar pues cinco días que no entraba ningún sueldo el la casa , así que el Ayuntamiento le ofreció uno de estos pisos , sin que tuviera que pagar la entrada , simplemte pagando la mensumensuliadad de un alquiler de renta antigua , pagando la misma mensualidad que los demás vecinos , con la diferencia que los vecinos si pagaron la entrega de llave.  Con los años a mis padre le enviaron una carta por si quería ooptar a la compra, mi madre nunca se negó, sólo dijo que a ella le gustaría pero que ella tenía ese dinero , que ella podía seguir pasándolo a mensualidad, esa carta le llegó en el 94 , yo nací en el 82 , ya no eran cinco hijos , sino seis . Mi madre falleció en 2009 , me quedé viviendo con mi padre , que ha fallecido en pasado 2017 , no tengo trabajo , y no tengo derecho a quedarme en el piso donde llevo 35 años viviendo , no me quieren susubrogar , ni hacerme ningún otro tiempo de contrato , ni ofrecerme alguna facilidad para yo poderme quedar viviendo en este piso.  No tengo hijos, ni marido, ni trabajo , me quedan 1 años y seis meses para desalojar mi casa , siempre hemos estado al corriente de pago y libre de deudas.   Un ayuntamiento puede dejar a una persona sin recuerdos económicos??? Me he llevado años aún estando mi padre vivo , para que le respetarán sus derechos , no se lo han respetado , la única opción era venderlo al precio áctual . Ahora fallece mi padre y me tiran a la calle ¿ hay algo que yo pueda hacer ? gracias de antemano. 
  • Preguntado por: Maria
  • Hace 6 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    María habría que examinar los documentos que amparan los hechos que describe, para ver si es posible defender que pueda vd subrogarse en los derechos que ostentaba su padre sobre esa vivienda. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola. Este foro es para dudas sobre arrendamientos, y en su caso parece que lo tiene claro.

    Quédese con lo bueno, tiene usted 37 años (super joven)  y casa gratis o casi gratis durante dos años.
    Aproveche que no tiene que preocuparse por la vivienda ese tiempo y vaya al INEM y haga cursos para desempleados... o vaya a una academia y aprenda un oficio, qué se yo, peluquería, manicura... algo que pueda terminar en estos meses...  y entre tanto busque trabajos por horas, cuidando niños o acompañando personas mayores...

    Es usted joven!!!!   Aproveche el tiempo que se pasa super volando.
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