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alexander poloni

inquilino/a

¿Es legal que sin cumplir el contrato de 5 años me estén cobrando por obras cada 4 meses con conceptos diferentes?

He pasado el contrato de 1 año y se me renovo por 5 lo cual me vencen el 2012, el problema es que se han hecho reformas en la finca y no para la inmobiliaria de cargar los costes a mi alquiler de hecho hace un mes se me inundo mi cocina por el piso de arriba que esta desocupado y reformado por ellos pero al llamar solo me dan aspirinas quiero saber si ¿es legal que sin cumplir el contrato de 5 años me esten cobrando por obras cada 4 meses conceptos diferentes?

  • Preguntado por: alexander poloni
  • Hace 13 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (15)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Manuel Pregal ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    A tu elección. Puedes contratar a una gestoría para que te lo prepare, o puedes redactarlo tú mismo y enviarlo online mediante www.correos.es

     

     

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • alexander poloni

    inquilino/a

    gracias por vuestras respuestas, a mi pregunta es necesario que me vaya aun gestor y que les envie un burofax?

  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Coincido plenamente con Amparo,

     

    durante los 5 primeros años solamente se puede aumentar el IPC sobre el alquiler.

    Si la comunidad es por cuenta del inquilino, el importe aproximado de la mensualidad ha de aparecer en el contrato, y las "derramas extras no previstas" no se pueden repercutir sobre el inquilino.

     

    Debe enviar un burofax al propietario pidiendo la devolución del total cobrado indebidamente.

    Si pasado un tiempo prudencial no obtiene respuesta, entonces podrá iniciar una demanda, ya que la Ley le asiste plenamente.

     

    Suerte.

     

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    y a ti que más te da lo que haga el propietario con el agua?? es él el que tiene que pagar esa reforma y no te latiene que repercutir a ti....mira que es fácil de entender...si se quiere claro.

  • alexander poloni

    inquilino/a

    con respecto al alta del suministro de agua cuando alquile el piso se me dijo que cada mes pagaria consumo de agua pero por el agua de deposito en ningun lado del contrato especifica que se harian obras a futuro e instalaciones de contadores de agua ciudad!

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Ya te hemos contestado que no tienes que pagar nada que no esté especificado en el contrato. Y aún estando que nos lo preguntes.

    Respecto al alta del suministro de agua, también debes leer el contrato.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • alexander poloni

    inquilino/a

    y por otro lado hasta que punto yo debo pagar si al propietario se le da la gana cambiarnos a todos los inquilinos de agua deposito a agua ciudad !!!

    solo falta que vengan a instalar de aguas los contadores por lo que conversamos los vecinos esa instalacion corre por el dueño de la finca y en cuanto a darse de alta del suministro ?? ahi si que seriamos nosotros?

     

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    se te ha explicado la ley, en ella pone que tu no has de pagar nada de eso, pero si tu quieres pagar pues adelante, el propietario será bien feliz

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Es que es así. No tienes que pagar nada que no figure en el contrato. Y si figura algo preguntanos porque a veces... tampoco.

     

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • alexander poloni

    inquilino/a

    tanto como que no pague más no!!

    pero si necesito saber con base lo que es ilegal por parte de ellos para encararlos.

  • alexander poloni

    inquilino/a

    agua de deposito en el terrado y de la noche a la mañana nos hacen reformas nos ponen marmol, pintan escalera, pero aun esta la puerta de acceso a la finca sin funcionar los interfonos acabo de llamar a la inmobiliaria y su respuesta es: nos acaba de aceptar el presupuesto el dueño de la finca pero no sabemos cuando se repararan los interfonos y pregunto esto me imagino que no lo pagaremos y me dice que si esto repecutira en nuestros recibos es la ostia!!!

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Cuando te vuelvan a pasar un recibo por importe superior a lo pactado, te acercas al banco y das orden de devolverlo parcialmente.

    Por ejemplo, si tu renta es de 800 euros y te pasan 842 porque añaden las obras, le dices al banco que retroceda los 42 y como concepto ponga "disconformidad en el importe".

     

    Tranquilo que no podrán hacerte nada. Tú sólo estás obligado a pagar lo que estipule tu contrato.  Y si estipula gastos de comunidad, debe figurar el importe "fijo"  (si hay importe variable  - derramas - no pueden añadirtelo) Y alguna cláusula  estipula que pagues algo de obras, es nula.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    no pagues ni un euro más, ya te ha explicado Amparo la ley

  • alexander poloni

    inquilino/a

    creo que es lo mas logico lo que me dices, pero los he llamado y por ejemplo por obras de la finca me pasan un total X el cual de acuerdo a los mts cuadrados del piso es el cargo que te ponen a pagar en realidad cuando entre a vivir aqui estaba hecho un asco ahora esta reformada la escalera cosa que da gusto pero lo que no me da la gana es entender que me envien a casa lo que debo pagar por lo que se hizo ademas llevo 4 meses pagando 40 euros y justo ayer me envian otra carta mas con un importe de 42 euros mas que se cargaran el 01 de septiembre por los mismos conceptos de obras (reformas) los llamo y me dicen: que es esto va por etapa jajajaaj y que ahora loque me envian es la 5 y 6 etapa conclusion en menos de 4 meses me estan subiendo 80 euros por la cara y aun no llego a los 5 años de alquiler creo que esto es una burla !!!

    por si alquien quiere ver los cobros los puedo adjuntar por correo.

    gracias

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Durante los primeros cinco años usted solo tiene que pagar la RENTA y las sucesivas actualizaciones de IPC.

    Nada de obras.

    Además, si se trata de mantenimiento, tampoco a los 5 años pueden elevar la renta por ello. El artículo 19 solo habla de "elevación de la renta por mejoras"

     

    Lo que no sé es cómo podría usted recuperar lo que ya ha pagado indebidamente.

     

    Esperemos a ver si un profesional (de los de verdad) contesta.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

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