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Sabina Salafranca

inquilino/a

¿tasa de basuras? Si firme el alquiler en Junio de 2014, ¿cuando debo comenzar a pagarla?

Buenos días, firme el contrato de alquiler el 6 de Junio, en el se estipulaba que tenia que pagar la tasa de basuras, en Julio recibí la notificación del pago pero a nombre del anterior inquilino. Me acerque al ayuntamiento y pregunte, ellos me dijeron que a mí me tendrían que cobrar desde el 1 de Enero de 2015, también me dio un documento para cambiar el nombre y que me lo cobraran a mí, pero el papeleo tenía que hacerlo la propietaria.

Quede con la propietaria y le di la notificación, le explique lo que me dijeron en el ayuntamiento y le di el documento que me dieron en el ayuntamiento.

Solo quería saber si actué bien, el contrato es de un año prorrogable, cuando deje el piso tendre que pedirle que me de de baja o podre ir yo a darme de baja.

 

Un saludo y gracias de antemano

  • Preguntado por: Sabina Salafranca
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Sabina:

    Habitualmente la tasa de basuras se gira de forma bimensual o trimestral, según la normativa municipal de cada ayuntamiento. También es frecuente que no se cobre de forma puntal, es decir, que el 1º trimestre del año 2014(Enero a Marzo) lo pasen al cobro el primer mes del tercer trimestre (julio).

    Por lo tanto, le sugiero que se informe sobre la periodicidad de la tasa en su ayuntamiento y, en función del mismo, abone cuando le corresponda la parte proporcional al periodo de ocupación de la vivienda.

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,

    La tasa de basuras, al igual que el IBI, son impuestos de devengo único, el día 1 de enero de cada año. Por tanto, corresponde su pago a quien es arrendatario (tasa de basuras) o propietario (IBI), el 1 de enero de cada año.

    No obstante, suele ser habitual que se acuerde el pago prorrateado, en cuyo caso, tendría que pagar Ud. la parte que corresponda de junio a diciembre (7 meses).

    Tenga en cuenta que esto le perjudica ahora pero le puede beneficiar en un futuro, pudiendose aplicar la prorrata.

    Un saludo,

    www.desalvador.es

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