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jose maria g. rios

casero/a

Mi esposa tiene arrendado un local comercial desde 1986 por herencia paterna.

 Inicio del contrato por mi suegro: junio 1979 no hay pactado ningún vencimiento. Mi esposa tiene 72 años.

tengo oido que al llevar x tiempo alquilado y en función de la edad del arrendatario, se puede, o debe, señalar el finiquito del contrato. ¿estoy en lo cierto? Ruego me pongan al corriente.

gracias anticipadas

saludos

jose maria garcia

  • Preguntado por: jose maria g. rios
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
  • jose maria g. rios

    casero/a

    Den por no recibida mi pregunta anterior

  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    Los alquileres de locales comerciales anteriores a 1. 985 (el que Usted comenta es de 1. 979) finalizan -En general- el 31/12/2014 si el inquilino es una empresa.

    si se trata de una persona física (autónomo) entonces finaliza a la jubilación del titular del contrato.

     

    suerte.

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