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DianaCP

inquilino/a

Puedo reclamar la comunidad de 2 años?

En mi contrato de alquiler, en la clausula septima recoge que "los arrendatarios satisfaran los impuestos, tasas y arbitrios que graven el inmueble, asi como los gastos de comunidad ordinarios que genere la vivienda en relacion al edificio del que forma parte en la comunidad, a excepcion del IBI que correra a cargo del arrendador" Segun el articulo 20 de la LAU, para que dicha clausula tenga validez, en el pacto debera constar por escrito y determinara el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato; es correcto? quiere decir que si no viene en el contrato el importe que debo pagar por la comunidad anualmente esa clausula no es legal? ahora voy a rescindir el contrato, podria legalmente reclamarle al propietario la comunidad que he pagado durante los dos años que he estado de alquiler ya que segun la LAU mi clausula numero 7 no tiene validez puesto que no recoge el importe total y anual de la comunidad? me gustaria que me informara, muchas gracias y un saludo.

  • Preguntado por: DianaCP
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
javier diez ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El mejor consejo es el que le ha dado javier, acudir a un abogado, tenga en cuenta que si ha venido pagando pacificamente esos gastos sin reclamar puede entenderse que ahora no puede cambiar de criterio, 'nadie puede ir contra sus propios actos'.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Tiene usted razón, para que dicha cláusula tenga validez, debe indicar el importe a pagar. Por lo tanto podría haberse negado apagar la comunidad desde el principio.

    Ahora bien, intentar recuperar algo que a venido pagando durante dos años, mes a mes, dudo que un juez le de la razón.

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    DianaCP Con la documenteación de la que dispones ,deberías contactar con un abogado de tu entorno ,especialista en alquileres y que te aconseje.En este foro también los puedes consultar.Yo particularmente te digo que has firmado pagar los gastos de comunidad así como el casero el IBI.Yo lo veo correcto.

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