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ude

inquilino/a

¿Qué le supone al casero depositar la fianza en el Instituto de Vivienda?
A finales de mes firmo el contrato de alquiler. La casera me ha dicho que lo tiene todo declarado y oficial, pero que hasta ahora no ha depositado el alquiler en el I. Galego de Vivenda y sus anteriores inquilinos no han tenido pegas para declararlo o para la renta de emancipación. Yo no obstante preferiria hacerlo "oficial" y me gustaría saber en qué consiste depositar la fianza, qué se hace con ese dinero y, en general, qué ventajas e inconvenientes tiene.

Espero que si se lo explico no haya problema en que deposite la fianza y yo pueda desgravar el alquiler en mi declaración.
  • Preguntado por: ude
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Raul31 ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    A los caseros no nos supone nada más que perder unas horas de una mañana .

    No debe ponerte excusas.
  • Raul31

    inquilino/a

    Dependiendo de la Comunidad Autónoma, los caseros tienen la obligación de depositar la fianza en el Instituto de la Vivienda correspondiente. En mi caso, en Madrid es obligatorio y además, como inquilino, si quieres beneficiarte del tramo autonómico de la deducción para la declaración de la renta, necesitas tener un documento que certifique que el casero ha hecho el ingreso en la cuenta del IVIMA (si no tienes ese documento, al que cruje Hacienda no es al casero, sino a ti). Por tanto, entérate de la normativa de tu comunidad y exige lo que es legal.

    Saludos.
    • Respondido por: Raul31
    • Hace 14 años
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