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susana28003

casero/a

Mi contrato de alquiler dice que debo estar un año como minimo, prevalece el contrato o la ley que dice 6 meses?

La LAU de 2013 te deja romper el contrato de alquiler a los 6 meses, avisando con 30 dias de antelacion.

Pero en el contrato de alquiler dice esto:

 

Me han dicho que se van en el mes 7 y ya no me lo han pagado. Yo tengo 3 meses de deposito y uno de fianza. Tengo derecho a no devolverselos porque no estan cumpliendo el contrato anual pactado en el contrato o prevalece la ley y se pueden ir sin mas?

 

Gracias por adelantado.

 

 

  • Preguntado por: susana28003
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
susana28003 ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola susana:

    coincido con la respuesta de mi compañero León.

    Reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • usuario eliminado

    susana28003: esa cláusula del contrato es nula por abusiva.

    Según la interpretación más extendida, la indemnización máxima sería de un mes por cada año que quede para cumplir el contrato y las fracciones de año en partes proporcionales de ese mes. Por lo tanto si la duración inicial es de un año y el inquilino se va a los 6 meses la máxima indemnización sería de 15 días.

    ¿Cual era la duración inicial?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 9 años
  • susana28003

    casero/a

    En el contrato pone expresamente que el arrendatario pagara todas las mensualidades pendientes hasta la terminacion del contrato anual.

  • usuario eliminado

    susana28003:

    1.- prevalece la LAU y pueden irse después de los 6 meses en cualquier momento.

    2.- en cuanto al dinero que puede retener, dependerá de lo que figure al respecto en el contrato ¿hay alguna cláusula del contrato en la que se establezca algún tipo de indemnización a su favor en caso de desistimiento anticipado?

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 9 años
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