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Celia Cabrera

inquilino/a

¿Pueden vender el piso donde vivo de alquiler sin informarme?

Mi casero ha vendido el piso sin avisarme, yo había hablado con el de una opción de compra de 6 meses pero después de mirar el contrato veo que no aparece.

Llevo 2 meses en el piso y me quiero ir porque no confío en el. Puede hacerme pagar lo que me queda hasta el año de contrato?

 

  • Preguntado por: Celia Cabrera
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (8)
javier diez ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Celia,si como dices te interesa la compra,yo les enviaría un burofax comunicándole al dueño que tienes prioridad de compra y la vas a ejercer . Azlo urgente

  • Celia Cabrera

    inquilino/a

    Gracias por vuestras respuestas.

    ayer me llegó una carta notificandome la venta del piso con fecha 26 de abril a un precio de 120. 000 &Euro;. A mi me pedían 150. 000 &Euro; y a este precio si me interesa comprarlo.

    cuales serían los pasos, en la carta dice que debo informarles si quiero comprar en un plazo de dos días. He llamado pero me dicen que no está la persona. Debo informarle por escrito? Y si no me dan el dinero en el banco? Es todo tan precipitado. Me ha parecido leer en algún sitio que el plazo para ejercer el derecho de retracto es de 30 días. Me podeis ayudar un poquito?

    gracias,

    celia

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Hola,Celia,anteriormente te dije que sí podía vender sin avisarte,pero he de añadir y corregir que sí puede vender ,pero que si tú como inquilina igualas la oferta tienes prioridad de compra(luego, sí te deberá avisar)

    Yo hace 10 años di en alquiler un local de negocio,y puse "con obción a compra"y tuve que poner el precio.Daba la casualidad que fue en una calle que se pusieron todo club de alterne y estaba muy depreciada la calle,pero a los cinco años se habían quitado los club y lógicamente los precios subieron casi el doble y tuve que respetar la obción a compra y el precio puesto en contrato.

    Pholmo,el caso que me sugieres ,está bien,pero lo único que dice el juez es que como no se impugna la fotocopia del documento donde está la opción a compra(craso error)la da por válida

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola celia:

    1º) en cuanto a su derecho de retracto. Artículo 25 de la Ley de arrendamientos urbanos de 1994.

    2º) en cuanto a los efectos de la enajenación(venta) de la vivienda. Artículo 14 de la Ley de arrendamientos urbanos de 1994.

    3º) en cuanto a la duración del contrato de arrendamiento en el siguiente enlace encontrará información detallada:

    http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La constancia escrita es la mejor forma de acreditar un pacto de opción de compra pero no la única. Te sugiero la lectura de esto.

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    ¿para tener derecho a "opción de compra" ,no es necesario que figure el precio en el contrato?

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Puntualizando:

    1.- Si, pero está obligado a trasladarte la escritura de venta y tienes derecho de retracto sobre ella.

    2.- Efectivamente las palabras se las lleva el viento, salvo que puedas acreditarlas de otro modo (p. ej. testigos).

    3.- El cumplimiento del plazo pactado es igual de obligatorio para el casero que para el inquilino.

    4.- El incumplimiento de ese plazo da lugar a una indemnización, su importe debe ser acoradado por las partes o decidido por el Juez.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    A la primera pregunta de si puede vender sin avisarte.....,la respuesta es que si

    A la segunde de que habías hablado de opción de compra......,Si no pone nada en contrato,nada tienes

    A la tercera de que llevas dos meses en el piso....Deberás respetar el contrato para que no te penelicen

    Y a la última de si puede hacerme pagar el resto del año.....la respuesta es que si(o por lo menos lo que esté sin alquilar)

    El nuevo dueño es el que te tiene que respetar tus mismas condiciones

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