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valmarceli

inquilino/a

¿puede el propietario de mi piso venderlo si aun no se ha cumplido el 1 año? estoy obligada a enseñarlo? debe indemnizarme?

mi casero dice tener unos posibles compradores para mi vivienda, me bombardea a llamadas continuamente para que yo le deje enseñar la casa, yo tengo dos bebes y aun no nos ha cumplido ni el primer año de contrato, cumple en diciembre. Me da miedo que nos deje en la calle, yo me cambie de ciudad con mis bebes y no puedo tenerlos cambiando de hogar continuamente!! no he faltado a ningun pago, la casa esta perfecta, todo han sido mejoras y con la ilusion de formar nuestro hogar con nuestras pequeñas hasta que yo me incorporase de nuevo al trabajo y poder plantearnos la posibilidad de comprarla. En caso de que vendiese deberia indemnizarnos? si es asi, que tipo de indemnizacion seria, porque tengo entendido que si nosotros no faltamos a ningun pago y llega la fecha de renovacion y nosotros como inquilinos no nos pronunciamos para rescindirlo se renueva de forma automatica y asi durante los cinco años siguientes. habria que calcular los cinco años para la indemnizacion? estoy disgustada

  • Preguntado por: valmarceli
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (9)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola valmarceli:

    coincido con la respuesas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm

    reciba un cordial saludo

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido plenamente con la documentada y pormenorizada respuesta de Piscis, si tiene interés en no mudarse de casa le recomiendo qu evaya documentando estas vicisitudes que relata, le pueden servir para defenderse invocando mala fe o abuso del derecho por parte de su casero, caso de llegar las cosas al Juzgado.

    ¿puede acreditar documentalmente esa 'amenaza' de vender su casa para poder desahuciarla a vd?

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Su casero quiere vender la vivienda que tiene Ud. alquilada, no quiere irse a vivier a ella, pero como no lo consigue, la amenaza diciendo que venderá la suya y cuando ya no la tenga, pedirá el poder disponer por necesidad de la otra alquilada, eso es una argücia a mi entender ilegal para poder conseguir el piso, 

    Tenga presente que para tener que desalojar su vivienda, se tienen que dar varios requisitos:

    a) que el casero venda la vivienda que ocupa, cosa que ni le interesa ni es tan fácil vender, si no es a bajo precio. 

    b) una vez vendida la casa, que le haga el requerimiento formal para ocupar la alquilada

    c) si Ud. no cede a sus pretensiones, tendrá que poner una demanda judicial para intentar conseguir la vivienda.

    d) que el juzgado le de la razón, ya que Ud. podrá oponerse alegando las maquinaciones para conseguir la vivienda

    e) en caso de ganar el propietario, tendrá que irse a vivier a dicha vivienda, ya que si no lo hace, Ud. podrá reclamar el regresar a la misma y con la consiguiente indemnización.

    Y mientras dure todo el preceso desde la venta de la vivienda propia a recuperar la alquilada, tendrá que vivir en algún lugar, en alquiler o propiedad, salvo que sea bajo un puente, una cueva o en casa de unos amigos.

    Personalmente creo que un casero, con vivienda propia y acomodado a ella, no se mete en esos verengenales, con resultado incierto y con gastos.

    Para conseguir vender, sin inquilinos, el piso que tiene alquilado, lo único que hace es asustarla y amenazarla para que se vaya, pero Ud. siga decidida para permanecer en el piso hasta los cinco años de arrendamiento o hasta que dicho propietario claudique y la indemnice convenientemente.

    También seria recomendable que un abogado experto en arrendamientos urbanos y de su confianza, estuviera al corriente de los actuales y futuros acontecimientos para asesorarla en cada momento.  

  • valmarceli

    inquilino/a

    Creo q ya lo tenia pensado xq pone: no obstante la arrendadora podra rescindir el presente contrato en el transcurso de alguna de sus prorrogas a partir del termino del primer año de contrato exclusivamente si necesitase la vivienda para uso habitual, para ello la arrendadora debera comunicar por cualquier medio su intencion a  los arrendatarios con dos meses de antelacion. El contrato cumple en diciembre y. Creo q me esta preparando, no puedo hacer nada? Me resulta tan raro que vaya  a vender. He pensado en pedir nota en el registro de la propiedad, si vendiese su casa finalmente y constase otra vivienda q tenga en propiedad podria agarrarme a eso para q no me eche?

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Al ser un contrato anterior a junio de 2013, si no contiene expresamente la cláusula de necesidad, no pueden invocarla para irse a vivir ahí al cumplir el año. Así que. Mira tú. No estaba tan bien asesorado como crees.

    cambia la cerradura. Y olvídate de mudarte en cuatro años y pico más.

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • valmarceli

    inquilino/a

    os agradezco infinito la informacion pero... os comento que cada vez la situacion empeora, al parecer esta asesorado y bien asesorado... nos hemos reunido con el esta tarde con la esperanza de que no podia echarnos y ha venido diciendo q va a vernder la propiedad donde viven ahora para venirse a vivir a mi casa, que esta muy contento con nosotros pero que no termina de adaptarse a vivir en la otra casa. Que opciones tengo? empiezo a desesperar... era la unica opcion que tenia para salirse con la suya y tengo la impresion de q esta pirateando continuamente. no puede tenernos en este sin vivir continuamente... solo se me ha ocurrido decirle que cuando efectivamente tenga vendida su casa hablamos, mientras tanto no me moleste, no puedo creer que en dos dias que hace que hablo conmigo le hayan salido tres compradores como dice y preparados para firma... menos como estan ahora las cosas. Necesito alternativa o argumento que le haga parar esto. Es que tengo que estar asi durante los cinco años, con el alma en un puño?? x favor....

  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    De acuerdo con Oscar,aunque la indemnización no es la que tu quieras,si no la que se pacte entre las dos partes de mutuo acuerdo,que podría ser una mensualidad por año que falte + el coste de la mudanza.

  • Jan Abogado

    profesional

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Estás en lo cierto, si el contrato es de fecha anterior al 06-06-2013, puedes permanecer en la vivienda durante cinco años, y no tienes ninguna obligación de dejar que la enseñe (de hecho, muy poca gente lo haría).

    Si no has cambiado la cerradura ya, deberías hacerlo nada más terminar de leer esta respuesta.

    En todo caso, el la puede vender sin enseñarla, pero, primero tendrías derecho preferente sobre la compra, y segundo, si no ejercieses este derecho, el nuevo comprador tendría que respetar tu contrato.

    Si decides finalmente enseñar y se vende, la indemnización puede ser la que tu quieras.

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