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Paulus

inquilino/a

Propietario nunca me domicilió el gas, se da cuenta ahora que he dejado el piso. ¿Puede descontarlo de la fianza?

Buenas,

El propietario del piso que acabo de dejar nunca me domicilió el gas (por un olvido suyo), y se ha dado cuenta ahora que he dejado el piso y estoy pendiente de que me devuelvan la fianza. ¿Puede el casero usar la fianza para el pago de esas facturas? De hecho el importe que ha pagado él es mayor que la fianza, así que además quiere que pague la diferencia.

Como "background", cuando entré al piso me dijo "en cuanto solucione un problemilla con la compañía del gas les doy tu cuenta para la domiciliación de las facturas". Por eso yo nunca le avisé de que el gas lo estaba pagando él y no yo.

Para mí, ya que no hay deuda de ningún tipo con la compañía, considero que no me puede cobrar ahora ese gas, pero igual estoy equivocado, claro...

Gracias y un saludo,

  • Preguntado por: Paulus
  • Hace 8 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Prescindiendo de si hay documento de finiquito del contrato y de lo que en el mismo ponga,  tienes obligación moral de pagar lo que has consumido de gas durante tu estancia en el piso. 
  • Paulus

    inquilino/a

    Sí, se firmó un finiquito de contrato y entrega de llaves, donde sólo constaba un pequeño desperfecto en una pared, así como las lecturas de los contadores para ajustar el último recibo de cada suministro.

    El propietario intentó, sin éxito, que la compañía del gas me pasara esos recibos antiguos que había pagado él, así que ahora pretende sacar ese dinero de mi fianza....

    Además, no sé si para estos casos aplican normas de otros ámbitos, como las reclamaciones salariales, en donde sólo puedes reclamar diferencias de los últimos 12 meses.

    Muchas gracias,

    • Respondido por: Paulus
    • Hace 8 años
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Paulus lo fundamental para contestarle es una pregunta: ¿Firmaron un documento de finalización de contrato? ¿Que se hizo constar en él?

    Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede,  los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos  datos se extraerá la posibilidad o no  de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.

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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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