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rosa30

inquilino/a

Se está hundiendo el techo de la casa ¿quién debe hacerse cargo de los daños?

Hace 3 meses empezó a entrar agua en la casa que tengo alquilada cada vez que llovía. Ha llegado a entrar agua por 5 partes de la casa, y esta llena de moho.La inmobiliaria echaba las culpas de los problemas a la casa de al lado (la estan construyendo). Durante estos 3 meses han venido paletas solo a mirar pero no han arreglado nada.Hoy han empezado a arreglar el tejado.Por lo visto se ha juntado que el tejado es muy viejo con la porqueria que ha caido de la obra. El problema es que se esta hundiendo el techo de la casa y se esta haciendo brechas. Si cae parte del techo encima de los muebles, quien deberia pagarlo?¿Puedo pedir pagar menos de alquiler por las molestias causadas? La verdad es que estoy indignada porque nadie se quiere hacer responsable,estoy pagando 750€/mes para vivir en una chavola llena de humedades,goteras y moho.Y para colmo me han dicho que me haga un seguro para que cubra lo que pueda pasar,que es mi problema. No sé si denunciarlos...

  • Preguntado por: rosa30
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
Domus ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Si el techo se hunde, el causante (sea el propietario o el colindante que con sus obras lo hubiese producido) tiene que indemnizarte de los daños en tus muebles: es tan sencillo como que el que rompe paga.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 12 años
  • galea

    inquilino/a

    Hola,primero tienes que mirar si tienes alguna clausula en el contrato referente a daños causados en el ,y por supuesto que eso lo tienen que areglar el dueño de la vivienda o ponerse deacuerdo con los de la obra.Tambien si fueses tu quien se encarga de la reparacion puedes llegar aun acuerdo con el propietario para que te lo descuente del alquiler.A mi me paso algo parecido con humedades y eso fue lo que hizo la propietaria hablar con la comunidad que para eso estan los seguros derramas y mas,un saludo....

    • Respondido por: galea
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    "Ante la virtud de pedir está el don de no dar"

    Por pedir puede pedir lo que quiera, otra cosa es que se lo den, pero si ya se están lavando las manos con lo de los muebles no creo que se avengan a razones.

    Lo que sí puede hacer es presionar amenazando con poner un pleito por inhabitabilidad de la vivienda, pidiendo daños y perjuicios, y que se rescinda el contrato. Ahí puede usar el que puede pedir los gastos que le generará una mudanza, la comisión de una inmobiliaria, etc...

    Por probar no pierde nada

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • rosa30

    inquilino/a

    Hola, gracias por contestar tan rápido. El propietario esta arreglando el tejado, pero se esta hundiendo el techo y es posible que dañe los muebles, segun ellos es problema mio. ¿Es asi?

    La vivienda se puede utilizar, puedes pasar por el pasillo y estar en el comedor (con las humedades y el moho...). Eso que quiere decir,¿que no puedo pedir rebaja por las molestias?

    Gracias

    • Respondido por: rosa30
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Lo primero que debería hacer es pedir un informe pericial para determinar los daños su origen y su costo de reparación y luego reclamar al dueño esa reparación, ya que es el dueño su interlocutor en este asunto.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    Son varias las cuestiones:

    1.- Responsabilidad si se derrumba el techo de la vivienda: en principio del propietario, quien a su vez deberá reclamar al propietario colindante si las obras son las causantes últimas del hundimiento.

    2.- Si procede reducir la renta por las incomodidades que produce la obra: la Ley prevé que a partir del vigésimo día y en proporción a la parte de la vivienda que no se pueda utilizar por dichas obras.

    • Respondido por: Domus
    • Hace 12 años
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