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amparo diaz

inquilino/a

Empecé año el 1 de octubre y hoy 6 de febrero se me avisa del incremento y que además debo pagar el alza de 4 meses anteriore

Esto es posible, o la señora ya no puede exigirnos esto

 

  • Preguntado por: amparo diaz
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (6)
javiersantander ha sido el primero en contestar
javiersantander ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Estoy con Javier santander la casera puede exigir el ipc correspondiente a 16 meses,con efectos de 1º de marzo

    en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. ,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

     

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    por el enunciado de la pregunta creo que no me equivoco.

    Interpreto que lleva 1 año y 4 meses de alquiler y si es así me reafirmo en mi primera respuesta. 

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola amparo díaz:

    en el siguiente enlace encontrará la respuesta a su pregunta:

    http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm

    reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Creo que Javier se equivoca, hasta cumplir el año no te pueden incrementar nada.

    A partir del cumplimiento del año, en el momento que te notifiquen la subida del ipc, empezaras a pagar dicha subida a partir del mes siguiente a la notificación, nunca con caracter retroactivo.

    Aquí puedes calcularlo tu mismo llegado el momento (01/10/2013)

    http://www.ine.es/calcula/

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pero hasta que no hayas cumplido un año no pueden exigirte subida.

    Una vez que cumplas la anualidad, pueden exigirte la subida a partir del mes siguiente al que te lo comuniquen. Sin atrasos

    Saludos  - Papeleos Alquiler.

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Los atrasos no te los pueden exigir.

    lo unico que tienes que pagar es la renta actualizada desde el momento en el que te han notificado la subida.

     

     

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