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Pedro

inquilino/a

SOS: Deudas de Alquiler y Carta Certificada ABOGADOS
Lo que voy a contar no es ni fácil de contar ni agradable de escuchar, pero es lo que hay. :-(

Durante el pasado 2015 solamente trabajé 3 meses no obstante con mucho esfuerzo y alguna pequeña ayuda hice frente a todos los gastos que tengo: básicamente el alquiler del piso y comer.  Con muchos muchos muchos esfuerzos he ido capeando el temporal como he podido. Excepto esos 3 meses que trabajé y que cobré no he tenido ingresos de ningún tipo (de hecho en mi c/c hace meses que no existen movimientos) He intentado pedir alguna ayuda pero parece ser que por ser español, soltero, sin hijos, menor de 45, mayor de 25, no tener discapacidad y ser de raza blanca no tengo derecho a nada y no existo (pero eso sí, tengo que pagar mis impuestos...)

Como decía he ido pagando todos los gastos: alquiler, luz y demás con muchos esfuerzos.  Al dueño del piso no le dije en ningún momento que estaba en el paro para evitar que cundiera el pánico. Finalmente en Diciembre viendo que me apremiaba para que le pagara tuve que confesarle, muerto de vergüenza por la situación que estaba en el paro y que ahora mismo no le podía pagar pero que me iba a poner al día de mis pagos lo antes posible. Con este mes debería 4 meses de Alquiler y 2 recibos de la Luz. Hasta ahora he pagado religiosamente todos los recibos del Piso en tiempo y forma y ya van más de 7-8 años que llevo en este Piso. La relación con el propietario siempre ha sido buena pero en Diciembre tras confesarle que yo estaba en paro su hija me mandó un WhatsApp diciendo que si el 23 de Diciembre no pagaba todo que me iban a denunciar. Yo le respondí que no hacía falta llegar a ese extremo y que pasara lo que pasara yo me comprometía, y me comprometo, a pagar lo que debo.

Se da la paradoja que la semana pasada comencé a trabajar. No obstante hoy he llegado a casa y me he encontrado en el Buzón un "Aviso de Llegada" de una Carta Certificada remitida por "Abogados". No pone nada más, pero blanco y en botella... pues mucho me temo que el dueño del Piso me ha denunciado y a través de su/s Abogado/s me han remitido una notificación.

Sé que una carta certificada no tiene validez legal. Lo único que podría justificar es que yo he recibido una carta pero en ningún caso justificaría su contenido. Lo que me extraña es que si realmente son los Abogados del dueño del Piso lo hagan mediante Carta Certificada y no mediante Burofax.

La pregunta es: ¿qué hago?, ¿voy a Correos y recojo la Carta Certificada?, ¿paso de ella?

Supongo que lo que el dueño del Piso quiere hacer será un desahucio express. ¿Cuanto tiempo puede tardar en que me echen del Piso? A principio del Febrero con el Sueldo podría pagar dos meses de Alquiler y los dos recibos de la Luz (eso sí: me quedaré sin comer pero los pagaré....) Con un poco de suerte un amigo me podría prestar un dinero y pagar los otros dos meses que restan y así en Febrero ponerme al día de los gastos-deudas que tengo.

Tengo muchas dudas y preguntas:

¿Si en febrero me pongo al día de todas mis deudas el dueño del piso me puede echar de todas formas?, ¿cuánto tarde en tramitarse un desahucio express?

Creo que me va a tocar buscarme un Abogado de Oficio por lo que pueda pasar. Eso sí: me tocará perder un día de trabajo para reunir todos los papeles que me pedirán para justificar que no tengo ingresos y demás. Y luego no sé lo que tardarán en asignarme un Abogado de Oficio una vez reunido todo el papeleo necesario.

¿Alguien que me pueda orientar?, ¿qué puedo hacer y/o a dónde puedo-debo dirigirme? Cualquier consejo, ayuda, experiencia será bienvenida.

GRACIAS. 



  • Preguntado por: Pedro
  • Hace 9 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (21)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pedro me sorprende su respuesta, que paso a contestar, con algún pormenor

    Dice vd: ¿Puede echarme teniendo en cuenta que no tiene ningún Documento/resguardo que acredite el contenido de una notificación?

    Para desahuciar a un inquilino moroso no es necesario requerimiento previo alguno, si no se hace ese requerimiento el inquilino podrá pagar en el juzgado y enervar/detener el desahucio, pero deberá pagar también las costas, Si lee este enlace http://bit.ly/LbM0Az verá que yo ni siquiera le hubiera mandado esa carta certificada.

    ¿Este tipo de Contrato modelo de l@as "API" es legal?, ¿no es necesario que se presente ante Hacienda o se registre en algún sitio?
    Ese contrato es legal y absolutamente obligatorio para las partes y no hay que presentarlo para ello en ningún sitio, cuastión distinta es que su casero no haya cumplido su obligación de depositar la fianza,   pero eso es una infracción administrativa por la que podrá ser sancionado, pero que en nada afecta a la obligatoriedad de ese contrato entre quienes lo firmaron.
    Me consta sin embargo que el dueño del piso NO DECLARA ESOS INGRESOS en su Declaración de la Renta. ¿Podría yo denunciar este hecho?

    Aunque me sorprende ese conocimiento cierto que dice tener sobre el cumplimiento de los deberes fiscales de su casero, si eso es así puede denunciarlo, pero tampoco afecta a un pleito de desahucio contra vd.
    Al no tener hasta la fecha recursos económicos, ¿cómo podría obtener asesoría legal para que alguien revise mi situación, el contrato, etc?, ¿puedo pedir un Abogado de Oficio?, ¿puedo acudir a alguna asociación, asistente social, o similar?
    Podrá pedir justicia gratuita si reúne los requisitos para ello, en el caso de que le pongan un pleito de desahucio por falta e pago, pero no ahora para ser asesorado. Por otra parte estimo que poco podrá hacer un abogado de oficio para defenderlo en un desahucio por falta de pago.
    ¿Qué me aconsejáis que haga?
    Le reitero lo dicho, ponerse en contacto con el abogado de su casero y proponerle un acuerdo transaccional, ya sabe "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco.  
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    En tu caso es conveniente poder mostrar el contenido de la carta recibida y tu contrato a un abogado experto en arrendamientos urbanos, para que te asesore, ya que tal carece que independientemente de que te puedan demandar y pedir el desahucio por falta de pago de la renta, también estás a punto de cumplir o ya has cumplido los ocho años de arrendamiento, hallándote en situación de tácita reconducción.
  • Pedro

    inquilino/a

    Bueno. Pues no sé si he hecho bien o he hecho mal pero hoy he ido a recoger la Carta.

    Básicamente lo que recibo es una Carta intimidatoria de los Abogados del dueño del Piso invitándome a que pague todo y a que deje el piso libre el mes que viene.

    El contrato que he firmado es un contrato "modelo" de "API" (supongo que se lo habrán dado o lo habrán coseguido en una Inmobiliaria)  El tiempo estipulado inicialmente en el contrato era de 1 año.

    Tiene la siguiente cláusula en el apartado "Prorrogas":

    - Si el Plazo de duración pactado es inferior a 5 años, el contrato se prorrogará automáticamente llegado a su vencimiento hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de 5 años, salvo que el ARRENDATARIO manifieste al ARRENDADOR, con una antelación de, al menos, 30 días a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

    Si, transcurridos los primeros 5 años, ninguna de las partes notifica a la otra, con una antelación de, al menos, un mes a dicha fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará automáticamente por periodos anuales hasta un máximo de 3 años más, salvo que el ARRENDATARIO manifiesta al ARRENDADOR, con una antelación de, al menos, 30 días a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovarlo. El contrato vencería justo el día 10 de Febrero, pero yo a efectos legales NO ESTOY NOTIFICADO ya que una carta certificada no tiene ninguna validez.

    Mi intención era, es y ha sido siempre ponerme al día con los alquileres pendientes. En Febrero espero regularizar la situación.

    El piso, sin ser ninguna maravilla a mí me sirve y no me apetece dejarlo porque tengo muchos trastos que mover para hacer una mudanza y no tendría ni tiempo ni medios para hacerlo. Así pues mi intención es seguir en el Piso y pagar el Alquiler y Luz con normalidad.

    ¿Puede echarme teniendo en cuenta que no tiene ningún Documento/resguardo que acredite el contenido de una notificación? El único documento legal es un Burofax y tiene que incluir copia certificada de Contenido (son más de 25 Euros que cuesta frente a 3 Euros que cuesta una simple carta certificada) Entiendo que ha sido una burda maniobra para meterme miedo y que me vaya.

    ¿Este tipo de Contrato modelo de l@as "API" es legal?, ¿no es necesario que se presente ante Hacienda o se registre en algún sitio?

    Otra cosa. Yo en mi Declaración de la Renta hace ya unos años que incluyo el Alquiler de mi piso porque me aporta ventajas de cara a la cantidad que luego me sale a devolver. Los primeros años no lo declaraba por desconocimiento. Me consta sin embargo que el dueño del piso NO DECLARA ESOS INGRESOS en su Declaración de la Renta. ¿Podría yo denunciar este hecho?

    Si el dueño del piso decidiera emprender acciones legales contra mí realmente tendría bastante que perder, por el tema de Hacienda y porque además le iba a suponer un importante desembolso económico en cuanto a Juicios, Abogados, etc y también le supondría tiempo ya que un desahucio no se hace de un día para otro.

    Al no tener hasta la fecha recursos económicos, ¿cómo podría obtener asesoría legal para que alguien revise mi situación, el contrato, etc?, ¿puedo pedir un Abogado de Oficio?, ¿puedo acudir a alguna asociación, asistente social, o similar?

    ¿Qué me aconsejáis que haga?

    GRACIAS.
    • Respondido por: Pedro
    • Hace 9 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola pedro:

    Coincido con las respuestas anteriores.

    reciba un cordial saludo.



         http://letradosalquileres.es.tl 
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pedro coincido con Piscis, no debe analizar tanto la situación, es mas simple, el dueño se ha cansado de esperar y ha acudido a un abogado, que ha decidido que no merece la pena gastar dinero en un burofax, el le beneficia Vd. en que podrá pagar en el juzgado y detener el desahucio, pero también deberá pagar las costas, pienso que no le merece la pena llegar a eso, acuda a ese abogado y llegue a un acuerdo para evitar la vía judicial. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Deja a un lado tus suposiciones, acude fuera de las horas de tu trabajo a correos y retira la carta para enterarte de lo que pone y luego nos lo cuentas.
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