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ALICIA OLAVARRÍA

inquilino/a

¿Es cierto que nuestro ex-jefe nos puede echar del piso si ya no trabajamos para él?

Empezamos a trabajar en un restaurante y nuestro jefe nos alquiló un piso con contrato (no nos dió copia del contrato) y con la condición de estar en él mientras trabajasemos ahí. Pasado 1 mes de trabajo y pasado el período de prueba, nos despidió de la noche a la mañana, sin darnos carta de despido, admitiendo que fué un despido improcedente. El alquiler nos lo descontó de la nómina, con el finiquito correspondiente y ahora nos obliga a dejar el piso bajo amenazas de que nos va a denunciar.  

¿Es cierto que nos puede echar del piso aunque le sigamos pagando, habiendo sido un despido improcedente? ¿Cuánto tiempo más podríamos permanecer en él (eso sí, pagando)?

Saludos y gracias de antemano.

  • Preguntado por: ALICIA OLAVARRÍA
  • Hace 12 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (6)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Supongo que lo del artículo 9 va pa mi.

    PAra empezar soy chico.

    Para seguir, ese artículo es en referencia a arrendamiento de vivienda, no a otros tipos de arrendamientos, como sería el de temporada, con lo que no se aplicaría en el supuesto que he dicho.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Francisco Romero

    Francisco Romero

    profesional

    Echa un vistazo a lo que dice la lau y juzga tu misma (enlace:http://civil. Udg. Es/normacivil/estatal/contract/lau. Htm)

    en especial a lo establecido en el artículo 9

     

    que tengas suerte

     

    francisco - pacorl@ya. Com

     

     

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Y si el contrato es temporal en base a la duración del trabajo ?

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Un arrendamiento de vivienda, por imperativo legal, dura cinco años para el inquilino. La inexistencia de documento contractual a quien mas perjudica  es al casero.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/



    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    No veo el porque si siguen pagando.

    eso sí, deberían tener una copia del contrato, para saber si el contrato es de un mes, un año.

    saludos

    oscar

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Salvo que esa vivienda constituya salario en especie que no parece si estan pagando alquiler, pueden permenecer en ella, pagando desde luego, cinco años.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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