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Stronger_

inquilino/a

Mis compañeros de piso se niegan a devolver la fianza. Y el contrato no acaba hasta el mes que viene, ¿ que puedo hacer?

Tenemos un contrato con una inmobiliaria que no acaba hasta el mes de Junio. Yo ya avisé a la inmobiliaria que me marchaba, y me dijeron que no había problema; a mi me quitarian del contrato y ellos seguirian.,pero que la fianza deberían devolvermela mis compañeros. ( aún no he firmado nada ) Ahora, estos me dan largas para pagarmela. ¿cabe la posibilidad de que la inmobiliaria me devuelvan mi fianza en junio que es cuando se acaba el contrato?

Gracias, un saludo.

  • Preguntado por: Stronger_
  • Hace 10 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Paolo_x

    inquilino/a

    creo que te estás preocupando por el menor de los problemas.

    No puedes dejar tu solo el piso; teneis un contrato mancomunado y seguirás siendo responsable del pago y los despefetos que aparezcan en el piso mientras el contrato siga en marcha.

    Deberiais finalizar el contrato todos.

    Pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique, que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactadoo cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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