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MariaBarcelona

inquilino/a

Antelación mínima para dejar el piso (contrato anterior a 2013)? Imprescindible marchar por salud

Quería confirmar cómo se aplicaría en el caso de unos familiares:

- Contrato firmado 13 de Octubre 2008 (ya se llevaba viviendo años y la inmobiliaria hizo nuevo contrato)

- Plazo de pago 1 al 5 

- En las condiciones anexas dice duración 1año (no indica necesidad del propietario del piso). En otra hoja sale el art.9 de plazo mínimo ley 29/1994 

- Una de las condiciones anexas menciona cantidad de la fianza, que se pierde si se marcha antes y "Transcurrido el plazo contractual pactado o dentro de sus prórrogas, el arrendatario podrá manifestar al arrendador su voluntad de desalojar la vivienda, notificándoselo por escrito con 30días de antelación"

¿Si se envía burofax hoy 4, hasta cuándo se podría entender que hay que pagar? dic'14, oct'15?

El inquilino sufrió un ictus y el piso no es habitable con silla de ruedas (se que no es motivo legal pero se indicaría para su consideración). 

Ya se tiene una vivienda adaptada y más económica que hay que empezar a pagar en Dic.

Agradecería orientaciones!

  • Preguntado por: MariaBarcelona
  • Hace 9 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
Pelayo de Salvador ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Maria:

    1º) le sugiero que el contenido del burofax sea revisado por un/a experto/a en arrendamientos urbanos antes de enviarlo.

    2º) si usted envía el burofax hoy día 4 y desaloja la vivienda el día 4 de diciembre, no vendrá obligado al pago de la totalidad del mes de Diciembre, sino únicamente los 4 días de ocupación

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • MariaBarcelona

    inquilino/a

    Muchísimas gracias por las rápidas respuestas Pelayo de Salvador y PHOLMO, tomo nota de vuestras interesantes webs.

    Entonces deberíamos especificar en el burofax que por los motivos de salud X y tal y como expresa el párrafo 13  "La posible cancelación de este contrato, antes de transcurrir el período contractual pactado, producirá la no devolución de importe ecónomico alguno. Transcurrido el plazo contractual pactado o dentro de sus prórrogas, el arrendatario podrá manifestar al arrendador su voluntad de desalojar la vivienda, notificándoselo por escrito con 30días de antelación" se dejará libre la vivienda el 4 de diciembre, etc.?

    Me imagino que a pesar de ello podría ser que nos pusieran pegas y quieran negociar. 

    Se recomienda llamarlos antes del burofax o ir en persona a la oficina con 2 cópias del escrito?

    Gracias de nuevo!

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Coincido con mi compañero Pelayo y recomiendo que cuanto antes comuniquen por burofax el desistimento por la rzón invocada y a continuación entablen negociaciones para salir con el emnor daños posible.

    En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas,  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días,

    De conformidad con la legislación aplicable, si el contrato es de 13 de octubre de 2008, la próxima vez en que podría Ud. desistir del contrato es el 13 de octubre de 2015, para lo cual deberá comunicarlo al arrendador como muy tarde el 13 de septiembre de 2015.

    No obstante, parece que Ud. tiene una facultad de desistimiento perdiendo la fianza, por lo que si Ud comunica hoy su deseo de finalizar el arrendamiento, podrá hacerlo pagando hasta el 4 de diciembre (solo la parte proporcional a 4 días, no el mes entero), con la penalización de perder el importe entregado como fianza.

    Le dejo la lectura de esta entrada sobre la duración de los arrendamientos (y tenga en cuenta que su próximo arrendamiento ya no se regirá por esas condiciones). http://blog.desalvador.es/arrendamientos/duracion-terminacion-anticipada-vivienda/

    www.desalvador.es

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