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borhp

inquilino/a

El contrato dice que debo dar 3 meses para abandonar el piso, pero no pone cuál es la penalización. ¿Me puedo ir sin más?

Hola

En el contrato se estipula un preaviso de 3 meses para abandonar el piso, pero no se indica ninguna indemnizacion en caso de no respetarlo.

si me marcho antes, que me pueden reclamar?

gracias

 

un saludo

  • Preguntado por: borhp
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es el caso que le decimos, si no preavisa con tres meses debe indemnizar al arrendador, el importe de esa indemnización es algo que deben pactar y si no, lo decidirá el Juez.

    Le sugiero la lectura de mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • borhp

    inquilino/a

    Gracais por contestar.

     

    En el contrato pone exactamente:

    "3.- La duracion del presente contrato se pacta en 5 años. No obstante, el arrendatario podra dar por terminado el presente contrato siempre que hayan transcurrido dos años de su vigencia y notifique de su proposito al arrendador con tres meses de antelacion"

    Llevo 4 años por lo que la primera condicion la cumplo.

    A la hora de entrar, di 2 meses de fianza y un aval bancario del importe de 6 meses.

    ¿Perderia 3 meses de ese aval y los 2 de fianza (dicen que se los quedan por las reparaciones que haya que realizar, pintar, etc)?

     

    Gracias

    • Respondido por: borhp
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Si cumples el contrato con avisar con un mes es suficiente, si no cumples el contrato, depende de como este redactado el contrato, pero muy posiblemente estes incurriendo en un incumplimiento del mismo.

    Saludos

    Oscar

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Habría que leer esa clausula ya que el plazo normal es de treinta días y ese plazo de tres meses podría ser para el caso de que no cumpliera la duración pactada en contrato.

    Le sugiero la lectura de mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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