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davitin

inquilino/a

Recibo de agua: ¿Debe pagar el inquilino el concepto de Aduccion y Distribución?

Hola,


Revisando la factura de agua correspondiente de estos 2 meses que me ha pasado la casera, veo un concepto que no habia visto nunca hasta ahora, y es el que me ha supuesto la subida de 12 euros en el recibo: la cuota de aduccion y distribución.

Nunca había oído hablar de dicho concepto, pero investigando por la red, veo que es un concepto vinculado a la comunidad del inmueble, por lo que yo creo que no debiera de pagar yo dicho concepto sino la casera.

¿Estoy en lo cierto?

Gracias

Saludos

  • Preguntado por: davitin
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
javier diez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola davitin:

    En mi opinión si el citado concepto es computado como gasto en las cuentas de la Comunidad de propietarios y en su contrato consta que los gastos de comunidad son a cargo de la arrendadora, la respuesta a su pregunta será afirmativa.

     reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl

  • davitin

    inquilino/a

    Buenas,

    Poco a poco voy desgranando el asunto. Resulta que en el año y medio que llevo viviendo en ese piso, nunca me han cobrado ese concepto , porque lo ha pagado la comunidad, es ahora cuando de repente aparece por sorpresa en la factura.  He llamado a la empresa de contadores y efectivamente me han corroborado que, inexplicablemente, no se me ha aplicado esa tasa.

    Intuyen que como pago obligatorio de ese concepto, la sido la comunidad , y por ende la casera, los que hasta ahora se han estado haciendo cargo de ese concepto.

    La casera es la que paga la comunidad, y a mi no me ha avisado absolutamente nada al respecto de esa posible medida, y mucho menos de que a partir de ahora me tenga que hacer cargo de este concepto.

    ¿Puedo responsabilizar a la casera del pago de este concepto?

    Saludos

    • Respondido por: davitin
    • Hace 10 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Aducción ,no tiene nada que ver con el agua del consorcio,más bien será "conducción y distribución" que por supuesto le corresponde al que la consume,a no ser que en el contrato esé metida junto el alquiler

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    En una factura indiviadualizada por el suministro de agua a una vivienda no tiene ningun sentido el cargo por conceptos de la comunidad, que tiene su propio contrato.

    En todo caso esa factura individualizada es integramente del arrendatario, que es a quien se le presta el servicio.

    Pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr.es

     

     

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