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gesain

casero/a

Inquilino ha muerto y la hija no quiere abandonar la vivienda. Soy divorciado y vivo con mis padres por estar ocupado el piso

en un alquiler de renta antigua, el inquilino ha fallecido el dia 31, la hija se niega a abandonar la vivienda pese a ser propietaria de otro piso, por que su abogado le ha dicho que se pueden quedar. soy divorciado y tengo un hijo de 10 años , el cual debe dormir con su abuela por tener el piso mi ex mujer. No se que debo hacer. Si pagan el mes de enero, estoy aceptando una prorroga? tendre mas problemas? donde me puedo dirigir?  Es urgente y ruego me informen rapido , para saber que debo hacer. muchas gracias de antemano.

  • Preguntado por: gesain
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (10)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Mira llama a Pholmo ya mismo

    tus suegros deberían haber estado cobrando ibi y probablemente actualizando la renta, probablemente desde 1992. Si no antes.

    llama a Pholmo!

  • gesain

    casero/a

    me acabn de confirmar que no hay contrato escrito , solo verbal, y que si han pagado el mes de enero esta mañana, advirtiendo ademas que ya le traeran la carta del abogado donde pone los gastos que tiene que pagar mi suegro. Ella tiene casa pero la quiere para su hijo...

    • Respondido por: gesain
    • Hace 11 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Con la amplación de datos que aporta la necesidad de un abogado es ineludible y urgente

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • gesain

    casero/a

    la vivienda es propiedad de mi suegro y hermanos ya fallecidos , el tiene las escrituras, No se le ha comunicado la muerte del inquilino , se ha enterado mi suegra hoy, el pago del alquiler lo hacia la hija por que el padre estaba enfermo, y creo que no se ha pagado aun el mes de enero, ella vivia en fuengirola y venia a veces a la casa a ver al padre, cuando cayo enfermo puso a una mujer que lo cuidaba, no tiene ninguna minusvalia ,no esta empadronada en la casa. Nuestra situacion es la siguiente, pareja de divorciados, yo 39 años el 47, con un hijo de él que tiene que dormir con su abuela por no poder afrontar un alquiler. La hija lo unico que ha comunnicado es que no se va de la casa por que su abogado... le ha dicho que se puede quedar. pagan 50 euros de alquiler, mis suegros pagan la comunidad e incluso el ibi

     

    • Respondido por: gesain
    • Hace 11 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola gesain:

    Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y por ello le sugiero que contacte con un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.

    Reciba un cordial saludo

    despacho Armando García Fernández.

    http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En un alquiler de renta antigua es indispensable la intervención de un abogado. A mi se me ocurren algunas preguntas. ¿Le han comunicado de modo fehaciente el fallecimiento del inquilino? ¿Le han comunicado del mismo modo la subrogación de la hija? ¿La han indicado en esa comunicación las razones que invoca para subrogarse? ¿Ha admitido el pago del alquiler por persona distinta de us inquilino?

    Si ya hay un abogado por la parte contraria debo recomendarle la máxima prudencia no firme nada ni hable nada. Lo mas facil es que el asunto termine en el Juzgado.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    A no ser que la hija tenga una invalidez superior al 65 por ciento, en cuyo caso sí es cierto que podría subrogarse idefinidamente.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    La hija solo podría subrogarse si es menor de 25 años hasta que los cumpla, si no, únicamente por dos años y siempre y cuándo llevara otros tantos residiendo en el piso.

    le diría que invierta unos pocos euros en llamar a Pholmo ya mismo y siga sus intrucciones.

     807 520 008 (1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil)

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • Xavi Persons

    inquilino/a

    Está la hija empadronada en el piso tuyo?

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Si tiene sentencia de divorcio firme, puede recuperar la vivienda, también habiendo muerto el arrendatario! Dependiendo de que situación tuviera la hija, puede intentar recuperaela, lo mejor es que acuda a un abogado con toda la información para que le Oriente.

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