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LluisC

casero/a

Hay que prorratear los gastos deducibles cuando el alquiler no abarca todo el año?

Cuando una vivienda ha estado alquilada sólo durante parte del año, en las casillas de gastos deducibles (71, 72, 73 y 74) hay que poner todo el gasto o corregirlo de acuerdo con la fracción de año en que ha estado alquilada.

por ejemplo si el gasto de amortización es de 2000 (el 3% del mayor del valor de adquisición sin suelo) y la vivieda ha estado alquilada 6 meses, ¿hay que sumar un gasto de 2000 o 1000 a los valores de la casilla 74?

  • Preguntado por: LluisC
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Los gastos deducibles imputables a ese alquiler deben referirse a la parte proporcional correspondiente al tiempo que esa vivienda ha estado alquilada.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Como tú  has dicho, hay que prorratearlo al tiempo que la vivienda ha estado arrendada.  

    Pego del manual: 

    "Importante: en el supuesto de que el inmueble no hubiera estado arrendado durante todo el año, la amortización deducible, los intereses y demás gastos de financiación, los gastos en primas de seguros, etc. serán los que correspondan al número de días del año en que el inmueble ha estado arrendado."

    Saludos -  Papeleos Alquiler.

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Prorrateados.

    El resto del año se imputa la renta por tenerlo vacio si es el caso y sin posibilidad de gasto alguno.

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


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