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usuario eliminado

¿El arrendador puede pedir lo que quiera de fianza?

Buenas noches

Estoy desesperada buscando un piso de alquiler y ya en varios a los que he ído a visitar me piden entre 3 y 6 meses de fianza. En el último piso que fui a visitar me pedían 4 meses de fianza "más lo que quiera pedir el propietario", como si no fuera ya bastante.

Me gustaría saber si esto es legal, si es normal que puedan pedir tanto dinero de fianza, con estas condiciones creo que tendré que vivir en un hostal.

Gracias por su ayuda.

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
javiersantander ha sido el primero en contestar
javiersantander ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Ziggy:

    Coincido con la respuesta de la Sra Amparo.

    Respecto a la respuesta de la Sra Marta, la misma debe ser matizada en el sentido de que la fianza para arrendamientos de vivienda es de 1 mensualidad de renta, Éste o no amueblada la vivienda.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    email2: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

     

  • Marta26

    casero/a

    Es como te ha dicho amparo, un mes de fianza, dos si está amueblado, y los demás meses se consideran gaantía adicional, pero le llaman fianza al conjunto y eso conlleva líos.

    Pueden pedir lo que quieran como tu tambien puedes optar a no aceptarlo

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • Domus

    Domus

    casero/a

    No es legal; la Ley de Arrendamientos establece una mensualidad. El problema es que los derechos derivados del alquiler solo pueden hacerse valer una vez que se firma el contrato, de manera que habría que firmar, pagar la fianza exigida y luego reclamarla ..... demasiado complicado.

     

    • Respondido por: Domus
    • Hace 13 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No se llama fianza (la fianza es un mes en caso de vivienda y dos en caso de arrendamiento distinto de vivienda) pero si, la ley dice exactamente "Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico."

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

     

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    de fianza solo 1 mes pero de garantía adicional el casero puede pedir lo que quiera, como si te pide un depósito de 20.000€ o un aval bancario por el valor del piso , otra cosa es que tu aceptes.

    Artículo 36. Fianza

    1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda.

    5. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.

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