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Antonio1111

casero/a

tengo una vivienda alquilada desde hace 10 años, cada 5 años hemos hecho contrato nuevo,

el ultimo hace 2 meses, ahora dicen que quieren marcharse sin cumplir el año que firmaron en contrato, que puedo hacer?

  • Preguntado por: Antonio1111
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola antonio:

    salvo que en el contrato conste expresamente la facultad del arrendatario de desistir del contrato antes del plazo de duración pactado o de cualquiera de sus prórrogas, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario,puede ocurrir :                                                                                                                     

    1. Que el arrendador(usted) la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.  

     2. Que el arrendador rehuse la entrega de y exija el cumplimiento del contrato judicialmente.  

     3. Que el arrendador acepte las llaves dando por resuelto el contrato, pero documentando que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios.

    el/la abogado/a experto/a en arrendamientos urbanos al que le consejo que acuda le explicará los pros y contras de cada una de las opciones.

    reciba un cordial saludo.

     despacho Armando García Fernández.

     http://letradosalquileres.es.tl

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Deben cumplir el año integro, sino, puedes demandar por incumplimiento.

    Pregunta las razones, a lo mejor no te interesa llegar a juicio.

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Despues de 10 años les vas a poner trabas?

    de verdad?

    puedes demandarlos.

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 11 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Si no aceptas su marcha solo te queda esperar un impago y demandar.

    pedro Martinez

    Abogado

    5001@Icagr. Es


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