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Roberto

inquilino/a

La empresa propietaria del piso entró sin avisarme
La dueña de la casa que aún representa una empresa SL entró en la casa y además de que también los trabajadores de mí, no sabe que hacer el trabajo no estructural pero para moldear cuestiones sin decirme a pesar de mi número de teléfono, WhatsApp, correo electrónico cuando estábamos de vacaciones. Cuando regresamos nos dimos cuenta de la labor realizada y llamar al propietario que también se ofendieron por teléfono. Señalan que, por supuesto, eran documentos personales visibles y prácticos, documentos de trabajo con datos importantes, los efectos personales, por otra parte, no sabíamos que la gente entró en la casa, así que dejamos todo como estaba.
Me pregunto: ¿es castigado por la ley este tipo de comportamiento? ¿cuál es la ley que protege a los inquilinos frente a la cara de esta violación flagrante de arrogante y nuestra privacidad
Gracias a los que desea responder, y si viene reenviar un bufete de abogados, que llevar el asunto y considerar acciones legales.
Nota: la casa alquilada el 1 de julio el año 2015 presentó un mes más tarde problemas de moho obvias, con los olores no respirables. Tanto es así que mi hijo tuvo una reacción alérgica con dificultad para respirar problema. Los propietarios han intentado tres veces para encontrar una solución con Seguro. Pero, probablemente, es un hecho estructural. Si habia visto que estava asi sin duda no aceptado. Sin embargo, siempre hemos pagado regularmente
  • Preguntado por: Roberto
  • Hace 7 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Roberto no se entiende bien su exposición, parece que se ha escrito en otro idioma y luego traducido con un traductor automático.
    Solo puedo decirle por una parte que lea esto:
    LA INVIOLABILIDAD DE LA VIVIENDA ARRENDADA.
    EL DECALOGO DEL INQUILINO
    y en cuanto a las humedades  que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar   obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.   En http://www.pedrohernandezabogado.com/     estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
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