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Pablo

Pablo

inquilino/a

Gastos a la hora de firmar un contrato
Buenas tardes, tengo un par de dudas y sería genial que alguien me echase una mano.

El contrato del piso donde resido actualmente se finaliza y la propietaria no desea renovarlo. Pero me da lo posibilidad de firmar un nuevo contrato incluyendo una cláusula renunciando a la adquisición preferente (no me preocupa mucho).

Mis dudas surgen cuando su gestor me envia un e-mail detallando los gastos a abonar para la firma del nuevo contrato, cito:

" - Impuesto ITPAJD 72¬"
" - Contrato 96,80¬"

La primera duda es sobre el impuesto "ITPAJD". Después de buscar información creo que está bien aplicarlo pero, ¿Cómo puedo calcular dicho impuesto para comprobar que la cantidad que me indica el gestor es correcta?
La segunda duda es sobre el "contrato". No entiendo muy bien a que se debe dicho valor. ¿Es normal que tenga que abonar dicho importe para la firma del nuevo contrato?


Como dije antes, estaría muy agradecido de que alguien me ayudara con estas cuestiones, un saludo!
  • Preguntado por: Pablo
  • Hace 6 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (12)
nacho ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pablo

    Pablo

    inquilino/a

    Mi contrato es del día 15 de julio de 2015. cito: "i tindrá una durada d'un (1) any, renovables fins un máxim de tres (3) anys.
    En julio se cumplirá los 3 años y la propietaria ya me ha dicho que no desea renovarlo. (aquí viene lo divertido) Pero, me da la posibilidad de hacer un nuevo contrato con 2 nuevas cláusulas. Una renunciando a la adquisición preferente y la otra "que me comprometa a marcharme si vende el piso en un máximo de 2 meses".
    Ella es quien quiere desistir del contrato pero a la vez hacer otro a su gusto y que encima lo pague yo ... para mi (alguien que no entiende mucho de estas cosas) no tiene tiene lógica alguna.
    • Respondido por: Pablo
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

    una pregunta, de que fecha es tu contrato y la duración
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

    Pablo, la ley no dice nada que el contrato tenga que hacerlo un gestor,abogado, etc........., por lo visto es la casera la que quiere hacerlo así y no te queda mas remido que aceptar o desistir del contrato, y si, me parece muy injusto que lo tenga que pagar el inquilino,tendría que pagarlo la persona que lo quiera hacer porque el que lo haga, mirará por los intereses del que se lo haya encargado.
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • Pablo

    Pablo

    inquilino/a

    Gracias Amparo, estoy totalmente en contra de que tenga que pagarlo, es absurdo, pero si va por ley me temo que no me queda otra ...
    • Respondido por: Pablo
    • Hace 6 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En este enlace puede ver todo lo relativo al ITP

    Calculadora del ITP al alquiler (Excel)

    http://www.elmundo.es/economia/2016/02/19/56c5ea0746163f373e8b45c0.html

    Respecto al precio del contrato, en mi opinión, lo debería pagar el que lo encargue... Porque el que lo haga, mirará por los intereses del que se lo haya encargado.
  • Pablo

    Pablo

    inquilino/a

    Veo que está todo bien entonces.  Mil gracias Nacho, un abrazo!
    • Respondido por: Pablo
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

    ya lo tengo leer todo el articulo http://gestoriapena.es/itp-alquileres/
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

    por lo que veo es diferente en Cataluña
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

    No sale, pregunta al gestor que te lo explique Si estoy en lo cierto,  creo que tienes que multiplicar la renta por la duración del contrato, sin contar las prorrogas, si el contrato pone un año, aunque pueden ser 3 años si tu quieres, hay que multiplicar por 12 meses, y aún sale menos 
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • Pablo

    Pablo

    inquilino/a

    Gracias por las respuestas Nacho.

    El tema del contrato me quedó claro, pero en el tema del impuesto no me salen las cuentas.
    ¿Ese cuadro o lista que me pasaste sirve también para cataluña?

    No sé si estaré haciendo algo mal ... 400e x 12 meses x 3 años = 14400e x 0,024040 / 6,01 = 57,60¬.
    ¿Fallo en alguna parte o es que aquí en cataluña va diferente?
    • Respondido por: Pablo
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

  • nacho

    nacho

    casero/a

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