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Anna Maria Pons

inquilino/a

Derecho inquilino
Hola buenas tardes,  Vivo en Barcelona, y tengo un contrato de alquiler desde el 21 de febrero de 2015. Es un contrato de mínimo 3 años y prorrogable de año en año hasta un máximo de 5 años.  Bien, acabamos de cumplir 3 años y automáticamente se ha renovado el contrato por otro año más, al no haber comunicación de cese por ninguna de las dos partes.  EL caso es que está semana la misma inmobiliaria que nos alquilo el piso, ha hablado con mi casero porque tiene un posible comprador para un piso de esa misma finca, que como no le convenció, se acordó que mi casero tiene  este alquilado.  Entonces me llamo mi casero hace dos días para explicarme todo esto. Tengo que decir que hasta ahora la relación con mi casero era perfecta, el contento con nosotros y nosotros con el.  EL caso es que el casero nos dijo que el no tenía, de momento, intenciones de vender el piso, pero que si estuviéramos dispuestos a facilitarle esa venta, pues que estaba dispuesto a darnos "pasta" como compensación.   Ayer me envió un WhatsApp diciendo que el comprador si esta interesado.  EL caso es que estoy enfadada, porque me siento engañada y estafada, porque para que la misma inmobiliaria que nos alquilo el piso y ( cobro su mes de comision) tenga ahora una suculenta comisión de la venta, yo me tengo que quedar en la calle.  Estoy pagando 850 euros por un piso con piscina y plaza de parking y ahora mismo en Barcelona por 1000 euros solo consigues un piso como zumos, entonces no me compensa de ninguna manera irme antes de 1 año del piso de donde estoy, porque aunque me de dinero, es lógico  que yo salgo perdiendo.  Me gustaría saber si pueden obligarme a irme antes de 1 año.  Muchas gracias, espero alguna respuesta
  • Preguntado por: Anna Maria Pons
  • Hace 6 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (3)
PdC sociedad inmobiliaria ha sido el primero en contestar
  • Anna Maria Pons

    inquilino/a

    Muchas gracias por su pronta respuesta, he de decir que en el contrato se renuncio al derecho de tanteo, que esa opción tampoco me interesa, y decir que el contrato no está inscrito en el registro aunque si dice que se puede solicitar por cualquiera de las dos partes.  Esto es solo el principio de todo, pero me parece injusto sentirme desamparada cuando he cumplido religiosamente con el alquiler todos los día 1 de cada mes, es más la adecuación de la. Vivienda porque se suponía que me la entregaban en condiciones y limpia (el contrato así lo pone) y no fue así ni por asomo, es más, me la entregaron sin contador de luz lo cual provocó que tuviera que entrar en la vivienda 4 meses después, por eso el casero estaba tan contento con nosotros porque le hemos dejado el piso como los corros, le hemos echo todos los tramites para la luz, que fue un follón al haber dado de baja el contador el inquilino anterior. Y ahora me veo en la calle en cuanto? Un  par de meses? 
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ana María además de la respuesta que ha recibido debe tomar en consideracion que, si no ha renunciado a ello, vd tiene derecho de adquisición preferente, tanteo y retracto, y que la venta de esa vivienda no significa que se tenga que marchar de inmediato, es incluso posible que la existencia de un inquilino "dificil" disuada de comprar a cualquiera, jugando bien estas bazas y la que le han indicado de su NO obligación de enseñar la vivienda es posible que pueda vd permanecer en esa vivienda hasta agotar la anualidad en curso. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días,
    En principio, salvo que el arrendamiento se encuentre inscrito en el registro de la propiedad, en caso de venta, el nuevo propietario no quedaría subrogado al contrato de arrendamiento.
    Eso sí, usted no tiene ninguna obligación de enseñar o facilitar la comercialización del inmueble en el que vive.
    Un saludo
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