Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
He pedido un borrador del contrato de alquiler antes de firmar nada. A Covibarges, como arrendador.
una de las cláusulas obliga a hacer un seguro de impago con determinada compañia. De acuerdo, yo no lo pago.
a su vez, me obliga como arrendatario a hacer un seguro a la vivienda.
y otra parte, a asumir todas las averías surgidas en la vivienda.
con la nueva ley de Arrendamientos Urbanos de abril del 2013, debo hacer este seguro de vivienda porque me lo exigen en el contrato. Gracias
Se tendría que diferenciar entre obligatorio y recomendable. En este caso se trata de la segunda opción. No estás obligada pero si que para ambas partes puede ser positivo disponer de un seguro de impago y/o de la vivienda.
En el primer caso como inquilina te puedes ahorras tener que presentar fianzas y/o garantías adicionales a un coste reducido.
En el segundo caso es recomendable tener un seguro del contenido de tu vivienda y así te ahorras situaciones indeseadas en un futuro.
Como bien dice León Jaime se trata de un tema a negiciar con la propiedad y establecer un acuerdo entre las partes según los intereses de cada uno.
Paloma: no hay ningun artículo en la LAU del 94 que le obligue a Ud. a suscribir los seguros que menciona. Otra cosa es que Ud. en el proceso de negociación con el propietario llegue al acuerdo de hacerlo, pero eso es un aspecto más económico que jurícido del contrato que tendrá Ud. que valorar según sus intereses y planteamientos, no algo a lo que la LAU obligue o deje de obligar.