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El primer año lo pague por desconocimiento. Pero ahora al renovar el contrato me dicen que tengo q volver a pagarlo. Lo curioso es q la poliza está a nombre del arrendador pero me dicen que tengo que pagar yo. No lo veo muy logico.
Gracias a todos por vuestros comentarios. Me han ayudado mucho. Ahora ire a la inmobiliaria con las cosas claras y conociendo mis derechos. Os lo agradezco!!
Si: puedes quedarte 5 años aunque hayas firmado 3.
,"como b¡en te han dicho,no firmes nada hasta el 5º año completo"
¿qué es lo que no se Entiende de esta frase?
Gracias a todos. Solo me queda una ultima duda. En el contrato que firme en enero de 2013 ponia que el contrato seria porrogable hasta un maximo de 3 años incluido el primero. Me da la sensacion de que el casero solo queria alquilarlo durante 3 años. Aunque haya firmado 3 años puedo exigir estar hasta 5?. Muchisimas gracias de antemano.
Normalmente esta modalidad de seguro lo contrata el propietario para cubrirse frente posibles eventualidades de impago por parte del inquilino y situaciones indeseadas que se puedan producir para reclamar y recuperar la posesión de la vivienda.
Lo más habitual y recomendable es que el seguro de impago lo pague el asegurado / propietario. No obstante si el arrendador lo desea y se pacta entre las partes se puede repercutir al inquilino. (Siempre y cuando se haga constar en el contrato de alquiler).
Una vez aceptado / firmado sino se dice lo contrario, el seguro se renueva automáticamente cada año durante la vigencia del contrato de alquiler. En el caso de realizar un contrato nuevo o si existe modificación del anterior se debe revisar y/o realizar una póliza nueva. Si es el caso es cuando puedes negociar y/o pactar de nuevo las clausulas del contrato de alquiler.
El que paga el seguro depende del acuerdo. Si no firmas el nuevo contrato se seguirá aplicando el anterior, en el que expone que tú tienes que hacerte cargo de ese pago.
También se podría intentar darle la vuelta, y alegar que la otra parte pagó el seguro la primera vez, con lo que aceptó de forma implícita ese acuerdo, aunque podría alegar que lo pagó el primer año como voluntad propia o rebaja o mil cosas.
En principio, firmes o no firmes, tú aceptaste pagar el seguro, y te corresponde.
No toenes que firmar nada, a tu contrato le quedan 4 años si quiers permanecer ese tiempo en la vivienda.
el seguro puede pactarse, pero si te has obligado ya la obligacion de pagarlo es tuya.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Espero me entiendan bien. El primer contacto se firmo en enero de 2013 pero hasta ahora nadie, ni el casero ni la inmobiliaria me avisaron de un nuevo contrato. Me encuentro que tengo que firmar un contrato q entró en vigor en enero de 2014 y que aun no he firmado. En ese contrato vuelvo a tener la clausula del seguro. Segun ustedes no tengo que firmar un contrato nuevo? El seguro de impago en todos los contratos siempre tiene que pagarlo el inquilino o depende del acuerdo con el casero?
Lo que debería hacer es no firmar algo con lo que no está de acuerdo. Si en el contrato especifica que usted va a hacerse cargo de ese pago, y lo firma conforme está de acuerdo, ¿ De qué quiere quejarse?
Jose ramon:
1. - tal y como le dijo mi compañero pholmo el contrato no se renueva. El simple silencio produce la prórroga.
2. - igualmente, tal como le dijo pholmo, si se firmó en enero del 2013 Ud. Tiene derecho a estar 5 años.
3. - el pago del seguro le corresponde a Ud. Por la cláusula que menciona. Ud. No tiene derecho a "forzar" la renegociación de esa cláusula. Otra cosa es que el casero quiera hacerlo, pero no creo que acceda.
4. - la lau se aplica en toda España.
La ley de alquiler es aplicable en toda España o va por comunidades? Yo soy de A Coruña
El contrato es de enero de 2013 pero en un parrafo dice que porrogable un año y como maximo 3. Este es el segundo contrato y pone lo mismo. Es legal? Por otro lado en el contrato si que se refleja lo de pagar un seguro pero yo lo que pregunto es si es lógico que yo lo tenga q pagar. Si el arrendador no se fia debería pagarselo el, no? Y se podrá negociar el cambiar esa clausula, digo yo!! Perdonen, estoy pez en esto y necesito resolverlo. Si me estan tomando el pelo, no me entero. Muchas gracias
Lo primero que debe saber es que los contratos de arrendamiento de vivienda no es preciso renovarlos, el suyo si es anterior a 6/6/2013. durará cinco años sin necesidad de hacer nada nuevo.
Cuestion distinta es el pago de ese seguro, lo,tendrá que pagar si así figura en el contrato, léalo,atentamente.
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