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Helena

inquilino/a

puerta de entrada al piso en malas condiciones
Hola, mi abuela vive de alquiler en el mismo piso hace 35 años. El piso está de origen y la puerta de entrada a la vivienda también. Es la única diferente en todo el edificio, ya que el resto de pisos son de propiedad y las han ido cambiando con los años. La puerta ya no abre, ni cierra en condiciones porque es muy vieja y muy pesada y se está descolgando. ¿Quién debe correr con los gastos de reparación o sustitución de la puerta? Gracias
  • Preguntado por: Helena
  • Hace 8 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si fuera una renta moderna con alquiler a PRECIO DE MERCADO, el arrendador estaría obligado a hacer las reparaciones necesarias para mantener la habitabilidad del piso sin elevar la renta.

    Sobre reparaciones EN VIVIENDAS DE RENTA ANTIGUA, debe tener en cuenta que el arrendador  podría repercutir en la renta el coste . al tener la desgracia de cobrar una renta MUY BAJA....


    Lea estos posts respondidos por profesionales del sector:

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/renta-antigua/piso-renta-antigua-inquilina-quere-cambiemos-tuberias-casa_7775.html


    Respuesta:  Tendrá que arreglar todo lo que sea necesario, pero podrá repercutir el importe de las reparaciones siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 108 de la Ley de arrendamientos urbanos de 1964 con la modificación prevista en el apartado 10.4 de la Disposición Transitoria segunda de la LAU de 1994, o por el procedimiento establecido en el apartado 10.3 de la DT citada.

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/reformas/puedo-realizar-obras-vivienda-alquiler-que-pasos-dar_11997.html

    Cito parte de la respuesta de Manuel Pregal:  

    En los pisos de renta antigua las cosas funcionan de la siguiente manera:

    - las obras necesarias las ha de acometer el propietario (previa solicitud del inquilino), y la Ley le ampara para repercutir dicho gasto en el inquilino, a modo de cantidad asimilada a la renta. 

    - Las obras de mejora las ha de acometer el inquilino, pero previamente ha de pedir autorización al propietario (que puede aceptar o no). En estos casos el propietario tiene derecho a negociar un aumento de alquiler por las mejoras. 


    Y este otro desde donde dice "en cuanto a las obras ..."

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/alquiler-pisos- renta-antigua-pagos-contribucion_3699.html

    Dice así: 

    En cuanto a las obras, en los contratos celebrados entre el 1 de enero de 1965 y el 9 de mayo de 1985, como ocurre en este caso, el arrendador podrá repercutir en el arrendatario el importe de las obras de reparación necesarias para mantener la vivienda en estado de servir para el uso convenido, solo si la reparación ha sido solicitada por el arrendatario o acordada por resolución judicial o administrativa firme. ....

    Saludos - Papeleos Alquiler

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