Debido al tiempo transcurrido sin reclamar, o sin posibilidad de probar que hubo reclamación, el arrendador puede entender que, salvo que conste otra cosa en el contrato, se conformó con la situación y por tanto no hacerse cargo de esa instalación. La reclamación judicial no parece aconsejable. 
En mi blog, cuya lectura le recomiendo, 
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