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María Asunción Pomares Pascual

inquilino/a

Cláusulas abusivas en un contrato. ¿Son legales?
Buenos días.
Llevamos 8 años en la misma vivienda y ahora que se nos acaba el contrato, el propietario quiere hacernos uno nuevo y subirnos la renta. La subida la aceptamos porque aún así el precio entra dentro de lo que hay por la zona y en la casa y con los vecinos estamos a gusto.
El problema es que en el nuevo contrato las cláusulas dicen que nosotros nos tenemos que hacer cargo de cualquier reparación, mantenimiento y sustitución de cualquier cosa o electrodoméstico que se rompa. El propietario alega que ya ha sustituido una vez el lavavajillas y el termo eléctrico y ha reparado 2 veces las persianas y no quiere pagar nada más.
Mi pregunta es ¿nos puede poner estas cláusulas en el contrato aunque vayan contra el Art. 21 de la LAU ? Si firmamos el contrato ¿podemos luego, si llega el caso, reclamarle a él las reparaciones y sustituciones según ley?
Gracias.
  • Preguntado por: María Asunción Pomares Pascual
  • Hace 5 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (3)
opinionlegal ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    María Asun su casero debería leer la ley de arrendamentos urbanos, una cláusula que establezca que cualquier reparación de algo que se rompa corresponde al inquilino, es nula y se tiene por no puesta.
    El inquilino debe atender a las reparaciones y sustituciones originadas por mal uso y a las pequeñás reparaciones, +/- 150 euros. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 5 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Por cierto, sepa ud. que sustituir el lavavajillas cuando no tiene arreglo si es responsabilidad del propietario,   
     
    Pero arreglar una persiana, una cisterna, un picaporte, un grifo o cosas de este estilo (pequeñas reparaciones las llama la LAU) es cosa del inquilino.
  • opinionlegal

    opinionlegal

    profesional

    Buenos días María Asun, la LAU dice que el arrendador deberá pagar todas las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad y que el inquilino pagará las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por uso ordinario de la vivienda. Es decir que el casero responde del mantenimiento de la vivienda salvo que la avería/rotura se deba al mal uso del inquilino. Las clausulas que quiere poner el propietario en el nuevo contrato de alquiler son NULAS
    porque las partes de un arrendamiento no pueden pactar que el inquilino se haga cargo del mantenimiento, ya que sería una cláusula que empeoraría la condición del inquilino y eso va contra lo dispuesto en el art. 6 de la LAU.@opinonlegalbcn
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