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david

casero/a

Renta antigua
Buenos dias,
En 1980 compre una casa pegada a la mia que estaba casi en ruinas por temor de que se metiera algun indeseable y pudiera molestarme. Cuando firmamos ante notario indicaron que en esa vivienda NO habia una persona habitando en alquiler (lo cual no fue cierto). Esta persona vive ahi mucho antes de la compra de esta casa y esta sin contrato, un simple acuerdo verbal cuando la compramos. Me paga la renta antigua, actualmente 84?.. Con su correspondiente recibo, y el alquiler declarado a Hacienda. Algo ridiculo que no me sirve ni para cubrir los gastos originados por el simple hecho de tenerla (ibi, Trsu, seguros). Ahora mi hijo necesita esa vivienda porque se ha quedado sin trabajo y quiere seguir independizado. ¿Por que L.A.U se rige?  Y si llegara a un acuerdo economico (lo prefiero antes que entrar por lo judicial) ¿cuantas mensualidades deberia abonarme como minimo? 
¿Que puedo hacer? Gracias.
  • Preguntado por: david
  • Hace 7 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (2)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Tal como describe los hechos se trata de un alquiler de renta antigua sujeto a la ley de 1964, en lo que respecta a la denegación de prorroga por necesidad, como le ha indicado Piscis le conviene que lo asesore un abogado experto en la materia antes de tomar ninguna iniciativa, los errores aqui se pagan caros. No obstante en el enlace que le dejo tiene abundante información sobre la posición actual de los Tribunales en esta materia. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Me parece que tienes que acudir a un abogado experto en arrendamientos urbanos, pero si quieres prescindir de la vía judicial, le puedes abonar lo que tu creas justo para que se vaya, más la diferencia hasta lo que él pida para irse.
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