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FMoreno

casero/a

¿Puede el inquilino pintar las paredes sin avisar al propietario?

Me encontré que habían pintado una pared del salón. ¿Tendría que haberme avisado para dar yo mi consentimiento?

  • Preguntado por: FMoreno
  • Hace 14 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (36)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Mari Lolis ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Isabel Sáez

    inquilino/a

    Sí. Sin matices. Por cómo plantea la pregunta se deduce que es el propietario. Léase usted el contrato normalizado de arrendamiento y allí está clarísimo que sólo en caso de obras debe pedírsele permiso. Obras, modificaciones estructurales, no pintura. Y en la mayoría de casos, como los pisos alquilados se entregan hechos una lástima. para no decir otra cosa, casi que es de cajón que los inquilinos pintemos de nuevo al entrar a vivir en una nueva casa. Por higiene simplemente.

    Si este país fuera otro, los hay donde prácticamente es obligatorio entregar el piso a punto para vivir. Y a punto quiere decir: limpio, pintado, con todo funcionando, sin desconchados, sin agujeros ni que sean de clavos, ni faltándoles azulejos.

    El inquilino sólo tiene que coger sus muebles y colocarse. Y a partir de ahí, pagar su alquiler y conservar la vivienda en buen estado. Tal como he contestado a otro usuario, las obligaciones y derechos deben estar a la recíproca, no en una flagrante desigualdad.

  • LLLLLLLLLLL

    inquilino/a

    Mari Lolis:

     

    Por mucho que sea tu casa mientras estás viviendo en ella tienes que recordar que en el instante que la dejas ya no es TU casa, si no que pasa a ser de nuevo del propietario... Por lo que como es lógico y razonable esta persona no tiene porqué tener tus mismos gustos, por lo que es totalmente lógico devolver la casa en su estado original...

     

    Si piensas que estás haciéndole mejoras a un piso porque está todo roñoso, lleno de agujeros y desconchones, lo tienes mas que fácil, sigue buscando otra casa hasta que encuentres la que realmente esté a tu gusto...

     

    Aunque parezca mentira es así de fácil, consiste en seguir buscando algo hasta que des con tu casa deseada... Te ahorras muchos problemas y quebraderos de cabeza y ya puedes dejar de pensar que te estan robando o que le estas mejorando la casa a esta propietario...

     

    Saludos,

     

     

  • Felipe Campos Segovi

    inquilino/a

    Yo vivo en alquiler varios años en varias casas y pisos y siempre me han devuelto la fianza, incluso en la ultima hice muchas mejoras y coloque hasta vallas y les dije que si las quitaba y medijeron que no parque era una mejora. En el anterior me dijeron que el pintar y tapar agujeros de colocar cuadros.... eso entra en el contrato que lo hace el propietario si es que hay que hacerlo. La fianza esta para desperfectos mayores hechos adrede, porque rotura de loza cristales y demas enseres y fugas de agua etc,etc estan cubiertos por el seguro del propietario. Y siempre me han devuelto la fianza. En los contratos no pone nada de eso y pintar se puede hacer siempre que sea pintar no envarduñar.

    Hay mucha gente que se saca las leyes de la manga y dicen ser lo que no son. La ley de arrendamientos urbanos esta en Internet y la podeis consultar. Gracias

  • Jesus Vinsac

    casero/a

    Yo siempre entrego las viviendas recien pintadas, y pongo esto en el contrato: se entrewga la vivienda recien pintada, que si desearan modificar la pintura deben consultarlo, y con todo y eso, debe ser pintado como de profesional, es decir, encintando bien los marcos, desmontando los mecanismos (enchufes, interruptores) y con un acabado similar (perfecto) al que recibieron el piso, reservandome el derecho de al finalizar solicitar la restitución al estado que recibieron la vivienda.

    Lo que hace más impresentable de un piso no solo es si está o no pintado, sino también si el que lo pintó, lo guarreó, por no saber hacer las cosas bien.

  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    ...continúo la respuesta cortada:

     

    Como decía, dudo mucho que si recibe una casa con desconchones y agujeros, y usted lejos de menoscabarla lo que hace es repasar las paredes y pintarlas, dudo que ningún propietario ponga pegas a eso; pero si en cambio recibe una casa impecable y recién pintada (alguna habrá...), es de esperar que el inquilino pida permiso antes de cambiar la pintura, o como bien indica, no acepte el arriendo sin acordar antes el poder pintar a su gusto.

     

    Saludos cordiales.

  • alicia de codina sol

    casero/a

    Entonces, a mi me entra una duda, en mi caso es una casa que tiene rejas, si las cambia de color (ahora son verde carruaje) a blanco, qué tengo que hacer cuando de marchen?

  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    Apreciada Mari Lolis, ya comentamos en el siguiente hilo si la pintura podía considerarse o no obra; y por mucho que ponga usted en negrita, mayúsculas o resaltado su opinión, no por ello me convence más.

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/casera-contratado-pintores-dinero-fianza_20871.html

    Si usted considera que la pintura no es obra, vaya usted a la fachada exterior del balcón de su vivienda, y la pinte usted de negro (si la misma está con colores claros), o pinte usted grafitis en dicha fachada... a ver qué respuesta obtiene del resto de propietarios, y posteriormente del juez si la situación se encona. Por mucho que usted defienda que es decoración...

     

    La pintura, al igual que cualquier otro elemento fijo al continente que depende del mismo para su forma, pasa a ser continente. Continente es un toldo atornillado a la pared, aunque ese toldo sean 3 cables y una sábana, continente es el alicatado con baldosas de una pared, continente es el papel o la madera con la que usted forre una pared (antes de colocarlos, esos materiales son contenido), y continente es la pintura de una pared, ya sea con estuco, plástico, esmalte u otro material (antes de pintar, la pintura en cubos sería contenido). En cambio, no es continente un mueble que cuelgue de una pared, pues no requiere de la pared para mantener su forma.

     

    Y cualquier modifiación del continente, es una obra por definición.

     

    Por tanto, y de acuerdo con la LAU, no puede usted realizar obras en la vivienda sin el consentimiento previo del propietario.

     

    Pero más allá de esas consideraciones, el artículo 1561 del código civil, dice textualmente:

    Artículo 1561.

    El arrendatario debe devolver la finca, al concluir el arriendo, tal como la recibió, salvo lo que hubiese perecido o se hubiese menoscabado por el tiempo o por causa inevitable.

     

    Por lo que volvemos a lo mismo, o debe usted pedir permiso para pintar la vivienda, o se arriesga a que posteriormente la propiedad reserve una parte de la fianza para reponerla a su estado previo.

     

    Dicho lo cual, yo dudo que un propietario discuta el mantenimiento y mejora que usted propone, en una casa con desconchones y a...

  • Javier Carrero

    profesional

    Si es ese caso, lo primero es ponerlo en conocimiento del propietario y bien o no alquilar esa vivienda o exigir la remodelación. Ademas es conveniente firmar una relacion de muebles y enseres, y del estado de la vivienda junto con el contrato. Por lo que lo suyo es respetarlo y dejarlo en las condiciones que se pactaron.

    Por lo que modificar la pintura de las paredes es contravenir a lo pactado. Por lo tanto es de los inquilinos.

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    y yo le hago a usted otra pregunta sr. Carrero....cuando alquilé este piso tenían roña las paredes de, al menos 20 años sin pintar, desconchones y agujeros de cuadros.

    Yo lo he pintado y lo mantengo limpito ¿debo enguarrar las paredes y desconcharlas y agujerearlas para su entrega?

    y si a mi me gustase pintar decorando, ejemplo:

    gotelé, veneciano, etc ¿no es eso una gran mejora?

  • Javier Carrero

    profesional

    Pues yo lo interpreto como modificación y te voy a poner un ejemplo: Yo pinto las paredes con dibujos,grafittis etc. (que es lo mismo que pintar la pared de un color solo) Si no han pedido permiso al propietario deberian reponerlo al estado anterior que es como se encontraron el piso.

     

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    sr. Carrero y qué modificación de la vivienda es la pintura? porque la LAU deja bien clarito lo que son modificaciones.

    me reafirmo en que la pintura es decoración

  • manuel josé

    casero/a

    Por  un lado se critica la suciedad  en que suelen estar las casas  antes de alquilarlas.  Si las dejamos  impolutas  para presentar al inquilino y disfrute de ella  nos dicen que  cada uno tiene el gusto que tiene.  ¿en qué quedamos?    Si   BLANCO  porque  es  BLANCO,  si  NEGRO porque es NEGRO. SALUDOS,

  • Javier Carrero

    profesional

    Pues sinceramente, creo que lo mejor es avisar al propietario siempre de cualquier tipo de modificación, "Hablando se entiende la gente".

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    y si a mi me exigen que viva en una casa color pistacho, tampoco la alquilo...asi que estamos totalmente de acuerdo.

    Me reafirmo en que la pintura es decoración, no tocas la extructura para nada, ni baldosas ni ningún elemento fijo de la vivienda, que es lo que la ley contempla...asi que mi casa la decoro como yo quiero que para eso la pago.

  • deaquiydealli

    casero/a

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/casera-contratado-pintores-dinero-fianza_20871.html

    Pues yo debo ser la tonta de turno ya que cuando entraron mis inquilinos, todavía olía a pintura.

    Si alquien me viene con tus exigencias, no se lo alquilo.

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