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Aleks

inquilino/a

Inhabilidad de la vivienda
Hola, por daños causados por mi ducha en el piso de abajo tienen que cambiar las vigas. Eso requiere que me vaya 1 mes del piso porque tienen que romper el suelo del baño y la cocina. Que derechos tengo en ese caso como inquilino? Tiene mi casero la obligación de pagarme un piso en el mismo barrio? El seguro paga sólo lo que cuesta mensualmente mi piso pero en mi barrio por ese precio no hay posibilidad de alquiler algo para 1 mes ya que pisos por meses son mucho más caros que esos con contrato de 1 año...
  • Preguntado por: Aleks
  • Hace 4 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Aleks ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


     Primero decía que era una parte de la vivienda y ahora que toda?.
    En ese caso aplica el

    Artículo 26. Habitabilidad de la vivienda
    Cuando la ejecución en la vivienda arrendada de obras de conservación o de obras acordadas por una autoridad competente la hagan
    inhabitable, tendrá el arrendatario la opción de suspender el contrato o
     de desistir del mismo, sin indemnización alguna.
    La suspensión del contrato supondrá, hasta la finalización de las
     obras, la paralización del plazo del contrato y la suspensión de la
    obligación de pago de la renta.



  • Aleks

    inquilino/a

    Y si la vivienda no estará en condiciones de habitar la y no sólo 1 parte. Tengo que encargarme yo de pagar un sitio donde vivir durante este periodo?
    • Respondido por: Aleks
    • Hace 4 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola. Si la obra dura más de 20 días, como es el caso, tiene derecho a un descuento en la renta, proporcional a la parte del piso que no pueda utilizar.
    Artículo 21 Conservación de la vivienda ....
    2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda
    razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el
    arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o
    durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.
    Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la
    renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario
    se vea privado. .....




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