Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Javier Ruiz

inquilino/a

¿Al finalizar el contrato y devolver el piso el propietario debe devolver la fianza de inmediato?
Como veo que el propietario tiene problemas económicos, no es mejor dejar de pagar el último mes y que se cobre de la fianza?
  • Preguntado por: Javier Ruiz
  • Hace 14 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Jose de Getafe

    casero/a

    La fianza en ningún caso servirá como pago del alquiler, que deberá efectuar por adelantado.

    La fianza es parte de la garantía por el mal uso de la vivienda, sus servicios y enseres.

    La fianza deberá ser depositada antes de los siguientes 30 días a la firma del contrato, en la Delegación de la Vivienda de su Comunidad (en Madrid, es el IVIMA).

    La devolución de la fianza se efectuará después de la entrega de llaves y su completo contenido, en las condiciones que se le entregó a la firma del contrato, rescatando la misma en un plazo de hasta un mes de la devolución de la vivienda.

    Espero que se le hayan despejado todas sus dudas y sus intenciones samaritanas, con respecto al propietario y su situación económica.

    Un saludo.
  • Susy

    inquilino/a

    Eso si no tienes aval, que si no te quedas sin él...
    • Respondido por: Susy
    • Hace 14 años
  • usuario eliminado

    No me parece ético el aprovecharse de la situación de alguien para evadir obligaciones.
    Si no le es mucha complicación páguele el mes al propietario y luego recupere su fianza que puede demorar hasta un mese.
    Si le apura el dinero a usted hable con el propietario, dígale que está usted en dificultades económicas y exprésele que por favor retenga el direro de la fianza para el como cobro del último mes que usted no puede pagar.
    De todas formas debe quedar claro la inspección final y la deducción de daños o no a la propiedad así como cobros dejados de pagar.

    Le dejo el vínculo en mi blog en lo que a Fianza se refiere.
    http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2009/10/sobre-el-pago-de-la-fianza-en.html.
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No es mejor, la fianza no puede dedicarse, por imperativo legal, al pago de un mes de alquiler.

    En pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lo legal es que el inquilino pague el último mes, y, el casero le devuelva la fianza 30 días después de firmado el documento de fin de contrato en el que no se hayan detallado desperfectos.
    Quizá no guarde él la fianza. En la mayor parte de España, son las Comunidades Autónomas, quienes guardan la tienen depositada. Salvo que tu casero no la ingresara al comienzo del arriendo. (tantéale)
    Si realmente crees que no la depositó y que no podrá pagarte, negocia con él.
    Dile que tú eres el que tienes dificultades económicas, y que visite la casa un mes antes para que vea lo limpita que la tienes, y así, tal vez acceda a compensar un mes por el otro. Puedes añadir que si has cuidado tan bien la casa en todos los meses que llevas, no vas a dejar de hacerlo el último mes ....
    Negocia, no hagas nada por las bravas pues podría demandarte (y ganaría) ... aunque será difícil si no tiene dinero.
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas