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Marta

inquilino/a

Vicios ocultos en la vivienda
Hola , tengo un gran problema. Hace dos meses nos mudamos a una vivienda de alquiler. Firmamos un contrato sin estar de acuerdo y bajo presión, ya que eran las 11 de la noche y veníamos de un viaje largo y de intentar llegar a un acuerdo con el arrendador de más de hora. Al día siguiente nos dimos cuenta que las contraventanas del salón no cierran, es imposible que cierren completamente ya que son cortas y si cierras una fuerza la otra y se abre. Se comunico al arrendador. Dos meses después sigue sin arreglarse. La ventana de otra habitación tampoco cierra. La casa huele muy muy mal debido al mal olor que desprenden todos los desagües de la casa. La lavadora desprende óxido que se pega a la ropa y la estropea. El lavavajillas también suelta óxido que se pega a los cubiertos y no lava el menaje, sale sucio o con restos y con grasa. Los grifos de las bañeras no regulan el agua caliente. Tenos agua fría o agua caliente.  La reja exterior al día siguiente de estar en la casa se desprendió, tenia tanto óxido que estaba corroidas las bisagras. Cambio las bisagras de esa reja dejando el resto igual y estan todas la verjas de acceso a la terraza totalmente oxidadas, extremo que me parece peligroso para la salud de mis dos hijos. Todo esto se puso en conocimiento del arrendador y no se negó de palabra de arreglarlo pero no hace nada. El arrendador se defiende diciendo que el mantenimiento de la vivienda correspondiente de al arrendatario, pero esos deterioros ya estaban antes de entrar nosotros a vivir en esa casa y muchos de ellos o todos no se apreciaron en el momento de visitar la vivienda. ¿A quien le corresponde arreglar todo eso? ¿puedo cancelar el contrato de arrendamiento sin perjuicio para mi por negarse a reparar los desperfectos? En caso de poder cancelar el contrato ¿cuanto tiempo tengo que esperar desde que comunico los desperfectos hasta que puedo abandonar la vivienda por su no reparacion? Agradecería una respuesta. Gracias.
  • Preguntado por: Marta
  • Hace 6 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
Gabri C ha sido el primero en contestar
Gabri C ha sido elegida Mejor Respuesta
  • nacho

    nacho

    casero/a

    hola shanthy, c uando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda. Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.

    • Respondido por: nacho
    • Hace 5 años
  • Shanthy

    inquilino/a

    Hola vivo en Una casa f alquier hace 5 meses pero al empesar las lluvias empeso a entrar el agua lo repararon pero ahora ttienen 3 semanas d arreglos y me dicen k no debo pagar LA mensualidad xk LA casa tenia daño oculto quiero saber si se puede hacer edo
    • Respondido por: Shanthy
    • Hace 5 años
  • Marta

    inquilino/a

    Hola primero gracias por vuestras respuestas.  Mande al propietario burofax con todas las reparaciones que necesita la vivienda y me puse en contacto telefónicamente con él. No se nego a repararlas y le informe que además de todo lo del burofax habíamos detectado olor a gas en la cocina, que visualmente se inspeccionó la instalación de gas butano y se comprobó que el tubo flexible esta caducado desde el 2005, lo que significa que no ha realizado las revisiones como minimo en 12 años y que iba a dar parte a la autoridad competente. Inmediatamente me propuso rescindir el contrato de mutuo acuerdo sin perjuicio para las partes y me devuelve la fianza. Por supuesto acepte, esta vivienda durante un mes fue una pesadilla. Y por supuesto que hice un escrito para la delegación territorial del deparamento de industria. Gracias por todo
    • Respondido por: Marta
    • Hace 6 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    marta, nunca se debe firmar un contrato si no se está totalmente de acuerdo, debe recordar que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente y puede intentar   obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador. Por otra parte nadie puede rescindir unilateralmente un contrato. Pienso que le vendrá muy bien leer, aunque sea para la próxima:
    EL DECALOGO DEL INQUILINO

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • Gabri C

    profesional

    Buenas Tardes Marta, en referencia a tu pregunta comentarte que en la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) como norma general establece que el Arrendador tiene obligación de mantener el bien en buen estado de conservación, esto es realizar, durante el arrendamiento las reparaciones necesarias para el buen uso del inmueble. Siempre que no sean producidas por un mal mantenimiento u omisión por parte de los arrendatarios. Es importante mirar vuestro contrato, ya que al firmarlo aceptasteis a una serie de obligaciones, y en ciertos contratos que en mi opinión, no cumplen con la ley, se establece que el arrendatario tiene que pagar todo los desperfectos del inmueble incluso cuando no es resposable de ellos. Mi recomendación, es que por escrito enviéis un correo electrónico o documento, dejando constancia de todos los desperfectos observados y de las llamadas o mensajes  enviadas al arrendador reclamando su reparación. Solicitando también un plazo de tiempo para la realización de los trabajos.
    Si no teneís comunicación o continua dando largas, pedís la rescisión de contrato de alquiler fustificando el no cumplimiento de las reparaciones. Espero que esta explicación sea de vuestra ayuda. Saludos.

    • Respondido por: Gabri C
    • Hace 6 años
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