Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

P3dro

inquilino/a

El propietario quiere ejercer el derecho a la propiedad

Hace un año que formalizamos el contrato de alquiler de 3 años renovable y ahora el propietario ha querido subir el precio en mas de un 10%, a lo que nos negamos dado que no hay justificación alguna para esta subida, no se han realizado obras ni mejoras en el inmueble y las labores de acondicionamiento fueron realizadas por nuestra cuenta.

Tras nuestra negativa a la subida del alquiler, nos ha notificado que quiere recuperar el piso para su uso particular, con lo que sospechamos que realmente quiere alquilar la vivienda a otros inquilinos que le paguen el precio que esta pidiendo.

No queremos dejar el piso tras un año en el que hemos estado muy a gusto y volver a buscar piso +gastos de mudanda +gastos de acondicionamiento +tiempo gastado en todo el proceso.

¿Hay algo que podamos hacer para comprobar que el piso va a ser usado por el propietario?

¿Si finalmente debemos dejar el piso y comprobamos que esta siendo alquilado a otra gente, podemos emprender alguna acción legal?

  • Preguntado por: P3dro
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    La comprobación puede hacerse  mediante comprobación de consumos de suministros que evidencien la no ocupación y complementada con la asistencia de notario en la propia vivienda y si se halla sin ocupar preguntando a los vecinos y portero si lo hay, del conocimiento que tengan sobre la utilización  y ocupación de dicho piso, de lo cual se levantará acta.  

    La indemnización sería el importe de una mensualidad por cada año que quedara por cumplir. 

  • P3dro

    inquilino/a

    Muchas gracias por la rapida espuesta.

     

    El contrato es posterior al 6/6/2013 PHOLMO.

     

    Piscis tres, la notificación es fehaciente (burofax), en el cual indica con claridad que sera para su uso.

    Supongamos que dejamos el piso para evitar problemas legales, pasados los tres meses, ¿como se podria comprobar que el propietario ha ocupado la vivienda o bien a sido alquilada a otra/s persona/s para iniciar la demanda antes del plazo de 30 dias? ¿Que tipo de indemnizacion contempla la ley en estos casos?

    Muchas gracias de antemano

    • Respondido por: P3dro
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si la notificación a la que te refieres no es fehaciente, no le hagas caso, sigue en la vivienda.

    Si es fehaciente, previo asesoramiento y examen de la notificación y del contrato por un abogado especializado en arrendamientos urbanos, toma la decisión que te convenga acorde a los consejos de tu abogado, la cual puede pasar por una negociación con el arrendador o una plena oposición a sus pretensiones, y si el arrendador llega a demandarte judicialmente y pierdes, podrás recuperar la vivienda si en el plazo de los tres meses siguientes al efectivo desalojo de la vivienda no ocupa la vivienda dicho arrendador o la persona de su familia para la cual ha instado la demanda, en cuyo caso, tendrás treinta días para solicitar una indemnización o recuperar la vivienda por otros tres años en las mismas condiciones y con abono de todos los gastos que has tenido hasta la reocupación.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ante todo hay que distinguir si el contrato es anterior a 6/6/2013 en cuyo caso el casero solo puede ejercer la denegación de prorroga por necesidad si esta prevista en el contrato, o posterior a esa fecha en cuyo caso podrá ejercer esa denegación de proórroga preavisando con sesenta dias al termino del primer año y deberá trasladarse a vivir éperder familiar para quien la solicite en el plazo de tres meses desde que el inquilino se marche.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas