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Christian

inquilino/a

Condiciones para rescindir un contrato de arrendamiento
Hola
Me llamo Christian y quisiera preguntar a la comunidad algo respecto a rescindir un contrato de alquiler.
Hace un año y medio que estoy viviendo de alquiler en un apartamento por el cual, inicialmente, firme por contrato que el primer año era obligatorio, siendo de este 6 meses mínimos. Pasados los 6 primeros meses de querer dejar el piso tenía que pagar una indemnización. No obstante no se dio el caso.
Creo entender, que pasado el año de contrato, este ratificaba automáticamente. Lo que no estoy seguro (no tengo el contrato en mano ahora mismo) es por el periodo que se renueva automáticamente. Entiendo que por un año más. ¿Concuerda eso con la ley vigente?
Bien, podría darse el caso que en breve cambiara de piso (dependerá de las circunstancias y condiciones). En caso de ser as y habiendo pasado un año  y medio, ¿tengo que enfrentarme a alguna indemnización? Lo pregunto por el año de alquiler que se renueva automáticamente. Entiendo que no. 
Por otra parte. ¿Esta la agencia obligada a estar disponible o accesible para comunicar un pre aviso, incluso en periodo estival? (verano). 
Sucede que las oportunidades no avisan y en mi caso me ha llegado  una en Agosto y creo que mi agencia ha empezado ya sus vacaciones.  
  • Preguntado por: Christian
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Eso con respecto al desistimiento.

    Con respecto a la indemnización lea a partir de  " La indemnización en las prórrogas"  aquí  http://blog.desalvador.es/arrendamientos/indemnizacion-desistimiento/
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Cristian debería leer el decálogo del inquilino en el enlace que le dejo, tal como describe su situación, puede dar por terminado, desistir, su contrato en cualquier momento preavisando al arrendador con treinta dias de antelacion. El preaviso debe ser fehaciente. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
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