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Laia M.

inquilino/a

Es obligatorio firmar una prórroga cada año con un contrato de alquiler de un año, renovable a cinco años?

Hola!

Tengo un contrato de un año prorrogable a 5. Ahora termina mi primer año, y me han llamado para firmar una prorroga. Me surgen 2 dudas:

1. Al hacer la firma me quieren cobrar  150€ por los honorarios del administrador, Cada vez que se haga la renovación. Lo que me obliga a hacer un contrato de 4 años si quiero evitar pagar 150€ cada año.

2. Al hacer esta prorroga, estoy firmando se supone que la obligación de otro año entero, cosa que no entiendo muy bien, ya que yo ya he cumplido un año de contrato no?

 

muchas Gracias!

  • Preguntado por: Laia M.
  • Hace 10 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (9)
Laia M. ha sido el primero en contestar
rosa garcia perez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Rosa:

    En cuanto a la duración de su contrato le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrados-entre-el-1_1_1995-y-el-5_6_2013.htm

    En cuanto a la reducción de la renta es suficinte con que se documente por escrito expresando la nueva renta, el plazo durante el cual regirá y cómo afectará a la actualización y, posteriormente, se adjunte al contrato de arrendamiento como anexo.

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • rosa garcia perez

    inquilino/a

    Buenos días,

    estoy en un caso similar; en un mes me vence el contrato inicial (estipulado para 5 años ) y la camara de la propiedad ( en una poblacion de cataluña) me llamó para decirme que pasara a firmar la "prorroga" y que me cobrarían 120 Euros... entre el propietario y yo hemos acordado prorrogar por un año más ( mínimo ) y además, bajando la renta ( por circunstancias de mercado ). sin embargo, en la cámara insisten en que, como "varía la renta", hay que firmar sí o sí. Lo he consultado con un abogado y me dice que no tengo que pagar nada por esta gestión, que simplemente con un anexo sería suficiente y que no pueden cobrarme nada. Sin embargo, ellos me dicen que sí y se acerca la fecha del vencimiento.. no sé cómo hacerlo para demostrar que tengo razón. ¿alguien ha pasado pór ésto?  Ellos tienen un contrato con el propietario y ya le cobran estos gastos, sin embargo, yo no he firmado nada con ellos y a la firma del contrato inicial, ya aboné una mensulidad ENTERA como "gastos de gestión". ¿ No se supone que ya estan incluidos los gastos "derivados"??

    Agradeceré opiniones.  Gracias.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Laia:

    Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda-celebrados-entre-el-1_1_1995-y-el-5_6_2013.htm

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • usuario eliminado

    A su disposición.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Laia M.

    inquilino/a

    Muchas gracias jaime,

     

    has sido de gran ayuda!

     

    laia

    • Respondido por: Laia M.
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Por supuesto. Aparece en el art. 9.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, a cuyo tenor:

    Artículo 9 Plazo mínimo

    1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años (para Ud. son cinco, no tres, porque lo firmó antes de junio del 2013), llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

    Es decir, que la comunicación está prevista, pero no para prorrogar, sino justo para lo contrario: para no hacerlo. Por eso le reiterio que si Ud. quiere seguir y disfrutar de la prórroga no tiene que firmar nada de nada.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Gardagon

    inquilino/a

    ¿El alquiler es como vivienda habitual?

    • Respondido por: Gardagon
    • Hace 10 años
  • Laia M.

    inquilino/a

    Hola Jaime,

    Muchas gracias por tu rapida respuesta, 

    la agencia, me insistió mucho en que tenía que ir a firmar, cómo si fuera algo necesario. Podría pedirte que ley dice que no tengo que ir a firmar para que pueda "argumentar" el hecho de que no quiera ir?

     

    te lo agradezco mucho.

     

    atentamente,

    laia

    • Respondido por: Laia M.
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    Laia:

    1. - no tiene que firmar nada para beneficiarse de la prórroga. Ésta se producirá automáticamente por el simple hecho de que Ud. No diga nada.

    2. - Por consiguiente, ni que decir tiene que no tiene que pagarle absolutamente nada al administrador.

    3. - si se produce la prórroga entonces Ud. Tendrá la obligación de permanecer en la vivienda otro año más completo.

    a su dispoción.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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